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Un motorista que se cayó por la cera denuncia “indefensión”

Lugar en el que se produjo el accidente de moto por la cera.

Paco Merino

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El Ayuntamiento fue condenado a indemnizarle, pero la sentencia rebaja a la mitad la cantidad que solicitaba por considerar “concurrencia de culpas”

Más de dos meses de baja médica, secuelas físicas y, finalmente, una sentencia judicial parcialmente favorable han sido los efectos de un episodio que sucedió en mayo del año pasado y que desde entonces ha tenido en vilo a Rafael Cañadillas, una víctima más de accidentes en el casco urbano de Córdoba a causa de la cera vertida en procesiones. El cordobés presentó una demanda contra el Ayuntamiento y la sentencia se hizo pública hace unos días. Resulta condenatoria para el Consistorio, que debe indemnizar al accidentado con una cantidad de 5.436'71 euros, exactamente la mitad de lo que reclamaba por los daños sufridos. “¿Cómo es posible conducir una moto mirando al suelo?”, se pregunta el demandante, que ha recibido con irritación un veredicto que considera “dañino” y que, a su juicio, demuestra “la indefensión del ciudadano” ante este tipo de percances, cada vez más frecuentes, porque “se reparten culpas cuando no debería ser siempre así”.

El pasado 25 de mayo de 2015, Rafael Cañadillas circulaba en moto por la Plaza San Juan de Letrán y realizaba maniobra de giro a la izquierda para acceder a la calle Jesús del Calvario cuando se produjo la caída de se vehículo al deslizarse la rueda trasera sobre la calzada, debido a los restos de cera que existían en la vía. A consecuencia de este accidente, resultó con lesiones de las fue atendido en Urgencias del Hospital San Juan de Dios. La dotación de la Policía Local que se personó en el lugar de los hechos levantó un atestado en el que certificaba la existencia de cera sobre la vía pública, que al parecer correspondía a la procesión que de la imagen de María Auxiliadora había tenido lugar el domingo 24 de mayo, sin que por parte de los servicios públicos del Ayuntamiento se hubiera procedido con posterioridad a la limpieza de la calzada ni a la señalización del peligro que la existencia de la misma en el pavimento suponía para los usuarios. Eso había provocado varias caídas en la vía pública, según consignó la Policía en su atestado.

La sentencia resalta que “se aprecia que efectivamente en la calzada existían restos de cera, como se desprende del informe de la Policía Local” y se recoge igualmente que “en dicho lugar no fue sólo el recurrente el que cayó a causa de la misma, sino que fueron también otros conductores de motocicletas los que sufrieron las consecuencias del vertido de cera en la calzada”. “Resulta, por tanto, patente la responsabilidad de la Administración como responsable del mantenimiento de la vía en el adecuado estado para la circulación de toda clase de vehículos”, añade. “Ahora bien, del reportaje fotográfico se aprecian los restos de cera en la calzada y su fácil percepción por cualquier usuario de la vía, lo que deriva en que también contribuyó a la caída que el demandante no eludiera pasar con la moto por encima de la cera, o redujera la velocidad para ejercer un mayor dominio del vehículo, y pudiendo evitar así la caída. Se da por tanto un claro supuesto de concurrencia de culpas, que se estima contribuyeron de forma concurrente en la misma proporción, lo que deriva que deba reducirse a la mitad la indemnización”, refleja la sentencia del caso.

Es en este punto en el que el motorista accidentado se considera agraviado, puesto que “la velocidad a la que se puede ir en esa vía es mínima y, además, no se puede ir conduciendo y mirando el suelo. Culpabilizar al conductor de una caída en una calzada que no reunía las condiciones, como ha quedado más que probado, es algo en lo que no puedo estar de acuerdo”. La sentencia es firme y no recurrible, por lo que motorista reitera que siente “indefensión” ante “la administración y la sentencia del juez”.

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