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Informe ‘CCF SAD 2011-19’ (V): aquel “pionero” reparto de dividendos

Carlos González, junto a consejeros en una junta general de accionistas | MADERO CUBERO

Rafael Ávalos

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Más de uno y de dos asuntos son los que aborda de manera detallada. En concreto, son ocho, grosso modo, los que trata y en torno a los que expone posibles actuaciones constitutivas de delito. Sueldos elevados de los miembros del consejo que a veces no aparecen bien reflejados en las cuentas, operaciones de difícil seguimiento, el reparto de dividendos o descuadres financieros son algunos de los temas que analiza y detalla la administración judicial del Córdoba CF Sociedad Anónima Deportiva (SAD), a cargo de Francisco Estepa y Javier Bernabéu, ante el Juzgado de Instrucción número 5. Lo hace en un informe de 73 páginas remitido al juez el pasado 9 de diciembre y que es desglose de la gestión de la entidad entre 2011 -desde el 3 de junio- y 2019 -hasta el 9 de noviembre-.

Capítulo V. Una distribución de 1,5 millones en duda

En su progresión cronológica, los resultados de trabajo del informe alcanzan 2016. En ese año se detiene la administración judicial del Córdoba para fijar su análisis en aquel reparto de dividendos que entonces fue tildado de “pionero”. La operación la acordó el consejo de administración y se cifró en 1,5 millones de euros. Estepa y Bernabéu recuerdan que la aprobación se efectuó “sobre la base” de un patrimonio neto del club de casi 17 millones, si bien a 31 de marzo de 2016 se contabilizaban unas pérdidas acumuladas de casi 4,5. El caso es que “con fecha 15 de abril de 2016 se reconoció contablemente un dividendo a cuenta 1.500.000 euros y se procedió a su reparto con fecha 28 de junio de 2016”.

En este punto se muestra el desglose, en el que se refleja que Ecco Documática (Carlos González) fue destinataria de 1.015.450,74 euros. Minoritarios lo fueron de 4.836,98. El total: 1.020.287,72 euros. La administración judicial recoge acto seguido que el Consejo Superior de Deportes (CSD), como ya se supo entonces, dictaminó que los cálculos de la SAD “no eran correctos al considerar el reconocimiento de las subvenciones (reconocimiento derecho de uso del estadio) en el patrimonio a los efectos de la distribución de dividendos”. Esa cifra ascendía a más de 17,5 millones y permitía alcanzar el patrimonio neto antes mencionado más allá de que los fondos propios de la entidad estaban en rojo por encima de los 600.000 euros.

“La negativa del CSD generó que la distribución de dividendos quedara paralizada, generando un derecho de crédito del CCF SAD frente a los accionistas”, prosiguen los administradores judiciales en este apartado antes de señalar que “la junta general de accionistas celebrada el 22 de diciembre de 2016 acordó la distribución de dividendos por importe de 1.514.877,55 euros”. Acerca del proceso indican Estepa y Bernabéu que “de la revisión de la situación patrimonial del CCF SAD […] se han identificado una serie de circunstancias que modificarían esta situación patrimonial y exigiría revisar la procedencia del acuerdo de distribución de dividendos en ese momento”.

“En primer lugar, los auditores modifican a efectos comparativos las cifras del ejercicio 2015-16 en la formulación de las cuentas anuales del ejercicio 2016-17”, se expone. El primero de los ejercicios fue en que se hizo el cargo del reparto. Uno de los asuntos en este sentido fue la “dotación diferencial de deuda con Sercons Servicios Interiores por importe de 437.969,86 euros que, al registrarse contra reservas, es indicativo de que debió dotarse en ejercicios anteriores”. “Este compromiso de pago se adoptó en 2017, pero se corresponde con un procedimiento iniciado en 2015, por lo que, a la vista de la decisión adoptada, el reconocimiento del contingente debió realizarse en 2015-16. Las cuentas anuales de 2015-16 contienen información respecto de la contingencia pero consideran poco probable que se genere una salida de efectivo”, se añade. Así, en el documento se apunta que “estas cuestiones debieran haberse reconocido en el patrimonio de ejercicios anteriores, reduciendo significativamente el mismo y, por tanto, impidiendo la distribución de dividendos”.

La administración judicial agrega otros procedimientos y operaciones, así como otros condicionantes en lo que se refiere a la situación patrimonial de la SAD cuando tuvo lugar el reparto de dividendos. La conclusión por su parte -quizá la más clara del largo informe- es que “existen circunstancias que justificarían que no se produjera el reparto de dividendos, dado que de la información conocida o que debiera haber conocido el consejo de administración, no se cumplían con las condiciones legales para su distribución”.

Informe 'CCF SAD 2011-19' (I): el pacto de los 8,1 millones de euros

Informe 'CCF SAD 2011-19' (II): retribuciones al consejo y reflejo en cuentas

Informe 'CCF SAD 2011-19' (III): González, León y las facturas al club

Informe 'CCF SAD 2011-19' (IV): la ciudad deportiva nunca construida

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