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El consejero de Sanidad replica a Amama: “El SAS es protector de los datos y debe obtener la información”

Concentración por la crisis del cribado del cáncer de mama

Alejandra Luque

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El consejero de Salud y Consumo de la Junta de Andalucía, Antonio Sanz, ha respondido este viernes al comunicado de la Asociación de Mujeres Afectadas por Cáncer de Mama (Amama), que rechazó entregar al Servicio Andaluz de Salud (SAS) los datos de las mujeres que podrían verse afectadas por los fallos en el cribado de cáncer de mama. La entidad argumentó que la Ley de Protección de Datos le impide facilitar nombres y situaciones sanitarias de las 4.000 afectadas que aseguran haber detectado.

Sanz, en una visita al Instituto Maimónides de Investigación Biomédica de Córdoba (Imibic), ha negado que este argumento sea válido y ha subrayado que el SAS es el único garante legal de la protección de datos sanitarios en Andalucía, por lo que la asociación no incurriría en ninguna infracción si remitiera la información. “Nosotros no pedimos los datos para la Administración, sino para los profesionales sanitarios que tienen la obligación de atender a estas mujeres”, ha afirmado el consejero, que ha vuelto a insistir en que el sistema público cuenta ya con 2.317 casos identificados, todos ellos programados para ser atendidos antes del 30 de noviembre.

El titular de Sanidad insistió en que, si Amama asegura disponer de miles de casos adicionales, está obligada a compartir esa información. “Si se nos niegan los datos, ¿cómo vamos a atender a las personas?”, ha cuestionado Sanz, advirtiendo de que “hablar de 4.000 mujeres sin que el SAS tenga constancia supone generar una alarma social innecesaria”.

Para reforzar su posición, Sanz se ha referido a la Ley de Procedimiento Administrativo, que en su “artículo 1 impone el deber de colaboración de los ciudadanos con la administración”, aunque el consejero no ha señalado que así debe ser, “salvo que la revelación de la información solicitada por la Administración atentara contra el honor, la intimidad personal o familiar o supusieran la comunicación de datos confidenciales de terceros de los que tengan conocimiento por la prestación de servicios profesionales de diagnóstico, asesoramiento o defensa, sin perjuicio de lo dispuesto en la legislación en materia de blanqueo de capitales y financiación de actividades terroristas”. Se ha referido, también, al artículo 2 de esta ley, que apunta que “los interesados en un procedimiento que conozcan datos que permitan identificar a otros interesados que no hayan comparecido en él tienen el deber de proporcionárselos a la Administración actuante. Asimismo, ha asegurado que los ciudadanos ”están obligados“ a dar datos por motivos de salud en base a la Ley de Salud Pública.

al artículo 18 de la Ley de Salud Pública, “que obliga a ciudadanos y entidades a colaborar con la administración sanitaria”, así como el artículo 18 de la Ley 39/2015 de Procedimiento Administrativo, “que establece el deber de proporcionar información cuando afecta al interés general o a posibles situaciones de riesgo”.

El consejero ha asegurado que, pese a una reunión de cuatro horas con la asociación y otra posterior de dos horas con el responsable del programa de cáncer de mama -“elegido por la propia entidad” para recibir los datos-, “Amama no entregó ningún listado ni documentación”. También, ha afirmado “declinó una reunión con el director de hospitales”. “La administración sí tiene los datos de quienes están en el circuito, pero si alguien afirma tener miles de casos más, tiene la obligación de comunicarlo. Y el SAS, como garante de la protección de datos, es quien debe gestionarlos”, ha concluido Sanz.

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