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La Audiencia Nacional exige otra vez a los bancos que cesen de reclamar créditos de iDental

Manifestación de afectados por iDental | MADERO CUBERO

Redacción Cordópolis

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El titular del Juzgado Central de Instrucción número 5 de la Audiencia Nacional, José de la Mata, ha dictado un auto este viernes en el que exige el “cese inmediato” de las reclamaciones de pago por créditos de iDental, después de tener constancia de que bancos y empresas de recobro están exigiendo a los perjudicados por la estafa que salden sus deudas.

Se trata del segundo apercibimiento que realiza el juez, que ya dictó como medida cautelar el pasado 5 de diciembre la suspensión de todas las reclamaciones judiciales que se hubieran formulado para un total de diez entidades financieras por los contratos de crédito vinculados a tratamientos odontológicos en las clínicas iDental.

De la Mata, insiste en que la medida cautelar sigue vigente y dirige el apercibimiento tanto a entidades financieras como a aquellas que han comprado paquetes de deuda a las prestamistas originales y que ahora están reclamando a los pacientes el pago de la misma.

Así, la medida continúa afectando a Sabadell Consumer Finance, Banco Cooperativo Español, Evo Financie, Santander Consumer Finance, Banco Cetelem, Banco Pichincha, Uno-E Bank, BBVA Consumer Finance, Finanmadrid SAU Peper EFC, Montjuic EFC y otras a fin de que cesen en las reclamaciones en caso de que contra el auto anterior, las hubieran reanudado.

En cuanto a las empresas que han comprado los créditos a los prestamistas originales, señala a Link Finanzas SLU, LC Asset 1 Sarl y Hoist Finance Spain para que al igual que “aquellas otras entidades de crédito, finanzas o de cualquier otra ídole o naturaleza que hayan adquirido u obtenido la titularidad por cualqueir título razón o precio de aquellos contratos de crédito”, cesen en la reclamación.

Además, requiere a estas entidades para que se abstengan de incluir en los ficheros de morosos a aquellos perjudicados que hayan cesado en el pago de los créditos y que procedan a retirar de estos registros de información patrimonial a aquellas personas a las que hubieran inscrito por impago de estos créditos.

La resolución incide en que tanto los perjudicados de la causa como quienes aún no se hayan personado y estén siendo afectados por las reclamaciones pueden comunicarlo al juzgado para que se adopten las medidas necesarias de cara a la efectividad de este apercibimiento.

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