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El Supremo obliga al Ayuntamiento de Córdoba a pagar pluses por nocturnidad o festivos en vacaciones

Agentes de la Policía Local

Redacción Cordópolis

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El sindicato UGT ha informado de que el Ayuntamiento de Córdoba tendrá que remunerar a sus empleados municipales durante su mes de vacaciones incluyendo los pluses por turnos rotatorios, nocturnidad y trabajos en fines de semana, domingos y festivos, según sentencia del Tribunal Supremo.

Según la Sentencia de la Sala de lo Contencioso Administrativo, Sección Cuarta del Tribunal Supremo, se procede a “declarar el derecho del recurrente a la inclusión en la retribución del periodo vacacional de los conceptos de turnos rotatorios, nocturnidad y trabajo en domingos y festivos, debiéndose calcular su importe sobre la media aritmética de las cantidades percibidas por dichos conceptos en los once meses inmediatamente anteriores al periodo vacacional.”

Los Servicios Jurídicos de UGT interpusieron y tramitaron varias demandas en representación de diversos trabajadores municipales solicitando que se aceptaran las reclamaciones de cantidad de los mismos por entender injusto que se remunerara de manera inferior y sin incluir los pluses por variables de trabajo en fin de semana y domingos y festivos, nocturnidad y servicio rotatorio durante el mes de vacaciones.

Finalmente, prosperó una de ellas y, tras ser parcialmente desestimada por el Juzgado de lo Contencioso Administrativo n.º 4 de Córdoba y desestimada igualmente la Apelación ante el Tribunal Superior de Justicia de Andalucía, fue admitido a trámite el Recurso de Casación ante el Tribunal Supremo por su interés casacional para la formación de jurisprudencia, entre otras.

Finalmente, la Sala de lo Contencioso Administrativo falló que la retribución de los trabajadores en el periodo de vacaciones “no puede ser diferente de la correspondiente a las otras mensualidades”, no tratándose de una remuneración íntegra, estando así penalizado económicamente el disfrute de las mismas y siendo incompatible con el principio de vacaciones íntegramente remuneradas.

Por ello, UGT ha solicitado al Ayuntamiento de Córdoba, que proceda al cumplimiento de la Sentencia, a lo que estaán obligados y proceda “desde ya” al abono íntegro de los pluses oportunos en el mes de vacaciones de 2024 y a realizar los cálculos oportunos para efectuar liquidación a sus trabajadores afectados por tal motivo correspondiente a los cuatro años anteriores.

Los colectivos más afectados por la sentencia son los que trabajan en horario nocturno, fines de semana y festivos, como Policía Local y Bomberos, pero también existen otros trabajadores que se verán beneficiados. Se trata de una sentencia firme del Tribunal Supremo de obligado cumplimiento, que crea jurisprudencia, existiendo otras en el mismo sentido.

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