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Un vecino de Cerro Muriano, condenado en la red de facturas falsas del oro juzgada en la Audiencia Nacional

Imagen del exterior de la Audiencia Nacional.

Alejandra Luque

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La Audiencia Nacional ha condenado a un hombre, vecino de Cerro Muriano, como uno de los integrantes de la trama nacional de facturación falsa utilizada para facilitar un amplio fraude fiscal en el comercio mayorista de oro durante 2012. La sentencia, dictada por la Sección Cuarta de la Sala de lo Penal, lo considera autor de un delito continuado de falsedad en documento mercantil, aunque no le impone nuevas penas al haber sido ya condenado en otras piezas de la misma investigación.

Según el tribunal, el condenado colaboró con el principal responsable de la red -un empresario murciano-, proporcionando facturas falsas a través de múltiples sociedades instrumentales creadas o controladas por él. Estas empresas servían para simular compras de oro inexistentes, permitiendo inflar gastos y reducir artificialmente los beneficios declarados a Hacienda.

La resolución, a la que ha accedido este medio, detalla que la actividad del condenado se apoyaba en una gestoría cordobesa cuyo responsable actuaba sin conocer el carácter fraudulento de la documentación presentada. A través de estas estructuras, el acusado facilitaba al empresario murciano la cobertura necesaria para que varias de sus empresas justificaran aprovisionamientos ficticios por millones de euros.

Pese a la relevancia de su papel, ya que ha sido considerado por la Sala como clave para sostener la operativa fraudulenta-, la Audiencia Nacional no le ha impuesto nuevas sanciones porque ya ha sido condenado previamente en otra pieza de esta macrocausa y por el mismo delito.

Además del cordobés, la Audiencia Nacional ha condenado al empresario murciano a tres años y tres días de prisión, y le ha impuesto una multa que supera los 2,1 millones de euros y la obligación de devolver a la Agencia Tributaria más de 2,3 millones de euros defraudados.

Por último, el tribunal ha condenado a otras cuatro personas, a quienes considera autoras de un delito continuado de falsedad en documento mercantil por su participación en la emisión de facturas falsas. No obstante, no les ha impuesto nuevas penas de prisión ni multas, aplicándole el mismo criterio que al procesado cordobés.

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