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Una perito atribuye a un posible fallo en un enganche el incendio de una casa por el que piden 12 años de cárcel a un joven

Coche policial en Majaneque

Alejandra Luque

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La Sección Tercera de la Audiencia Provincial de Córdoba ha dejado visto para sentencia el juicio contra un joven de 32 años para quien la Fiscalía solicita una pena de 12 años de prisión por un presunto delito de incendio que afectó a parte de una vivienda y seis meses de cárcel por un delito de lesiones por imprudencia grave. Durante la sesión no se ha conocido fielmente la causa del incendio ante la ausencia de un informe policial al respecto. Sin embargo, una perito de la defensa se ha ratificado en su informe en el que hace alusión a que la vivienda que se incendió tenía un enganche. En su informe final, el abogado del dueño de la casa incendiada ha retirado su acusación ante la falta de indicios que indiquen que el procesado sea el autor del incendio.

Los hechos en cuestión se remontan al 30 de octubre de 2020 en la barriada de Majaneque. El acusado se encontraba en casa de sus abuelos y se produjo una riña familiar porque él quería coger su coche para ir a casa de un amigo. En aquel momento, el acusado no tenía carnet y se encontraba bebido. Según lo declarado por él y por familiares, el joven insistía en conducir, así que llamaron a la Policía Nacional. Pasadas las 22:30, los agentes llegaron a la vivienda y todo se calmó. Sin embargo, la riña volvió a reavivarse sobre las 00:30 y los familiares llamaron hasta en cuatro ocasiones a la Policía Nacional. Cuando los agentes fueron para la vivienda, se toparon con el incendio de la casa, donde finalmente se quedaron. El acusado ha insistido en que no quemó ninguna vivienda ni prendió fuego a nada para que ardiera ningún mobiliario.

En el juicio, las declaraciones de familiares del joven han dado un giro radical respecto a las diligencias policiales iniciales, coincidiendo mayoritariamente en que las amenazas de incendio fueron inexistentes o fruto de una exageración para forzar la intervención policial. La hermandad del procesado, por ejemplo, ha explicado que llamó hasta tres veces al 091 no por un comportamiento violento, sino para que alguien con “autoridad” le dijera a su hermano que no podía coger el coche debido a que estaba ebrio y carecía de carnet. En la misma línea, la madre del acusado ha relatado que, aunque su hijo estaba enfadado porque reclamaba el vehículo como suyo, no insultó a la familia y, tras hablar con los primeros agentes que acudieron, se tranquilizó y comenzó a recoger sus pertenencias para marcharse.

Por otro lado, el padre del joven ha negado que su hijo amenazara con quemar la vivienda o los coches. Según su declaración, lo que la Policía interpretó como un intento de incendio fue en realidad un gesto de rabia: el joven “encendió un papel cuando se fue y tiró un papel al suelo y nada más”. El progenitor ha subrayado que fue detrás de él para vigilarlo y que en ningún momento hubo una intención real de provocar un siniestro.

Asimismo, el tío del acusado que llamó aquella noche en una ocasión al 091 ha reconocido ante el tribunal que las graves acusaciones iniciales sobre que su sobrino intentaba quemar mobiliario fueron un recurso para acelerar la llegada de los agentes: “Exageramos un poco para que fueran rápido”, aunque el padre del procesado ha declarado que su hijo sí tiró con papel debajo de un coche que previamente había incendiado, aunque se apagó rápido porque “el cartón era pequeño”. Una vecina ha declarado, asimismo, que vio cómo el procesado se fue andando de la barriada, sobrepasando la casa incendiada, y que no percibió que el joven tirara nada que pudiera ocasionar las llamas.

Ciudad de la Justicia de Córdoba.

Enganche ilegal en la vivienda

Ante la ausencia de una causa oficial del incendio, la perito de la defensa ha elucubrado sobre el origen del mismo, que podría estar en el cableado eléctrico del exterior de la casa. A esta conclusión ha llegado tras revisar las facturas de la vivienda siniestrada, revelando que el inmueble -donde vivían tres personas- tuvo un consumo de cero durante un año entero. Según la experta, esto tiene una única explicación técnica: “Una conexión fraudulenta” realizada antes del contador. Tras visitar el lugar de los hechos, la perito ha defendido ante el tribunal que “la causa fue un fallo en la instalación eléctrica exterior de la casa”, criticando que la Policía Científica no revisara dicha instalación en su investigación y solo se centrara en el interior de la casa.

Según su testimonio, la mala conexión y la falta de protección de los cables pudieron originar el fuego, una tesis que coincide con lo relatado por un vecino colindante, quien ha asegurado que vio “cables ardiendo de electricidad” en la fachada del inmueble.

El propio dueño de la vivienda y víctima de los hechos ha introducido dudas sobre la intencionalidad del fuego, admitiendo que a veces fumaba en el porche y que “posiblemente, el incendio podría haber sido una colilla de las mías mal apagada”. Además, la víctima ha asegurado que no tiene sospechas de nadie.

Frente a estas versiones, los agentes de la Policía Nacional han mantenido que interceptaron al joven con una maleta y “un mechero en el bolsillo” poco después de que se recibiera un aviso de un varón intentando prender fuego a vehículos y mobiliario. Los agentes han sostenido que existe un “vínculo objetivo entre la llamada y el chico”, basándose en los testimonios que la familia dio la noche de los hechos.

Por su parte, los bomberos que sofocaron el incendio han certificado que, al llegar, el inmueble estaba en “fase de combustión generalizada”, pero han aclarado que este cuerpo “no tiene competencia de investigación” técnica para determinar la causa exacta del siniestro.

Tesis del cortocircuito de la defensa

La defensa del acusado, que ha solicitado la absolución, ha criticado la instrucción y la investigación policial del caso, centrando su estrategia en cuestionar la validez y el rigor del atestado policial. Según el letrado, el procesado se encuentra en el banquillo por un atestado que presenta “contradicciones y lagunas”, calificándolo directamente de “tendencioso”.

Uno de los puntos más controvertidos denunciados por la defensa es la gestión de las pruebas biológicas. El letrado ha subrayado que, aunque se tomó ADN al acusado, la presencia del abogado defensor no se recogió de forma simultánea, sino que se hizo constar con posterioridad, lo que a su juicio invalida la presunción de veracidad de la autoridad en este procedimiento. Además, ha criticado la existencia de documentos manuscritos en el expediente que carecen de firma y de número de identificación, preguntándose abiertamente ante el tribunal: “¿Qué garantías tiene una persona entonces?”.

La defensa ha sido especialmente incisiva en un apartado de las actuaciones policiales donde se afirma de forma tajante que el joven actuó de “forma consciente e intencionada”. Para el abogado, este informe es tan sesgado que la Policía ya califica los hechos como un “delito doloso” antes de que un juez lo determine, llegando a decir irónicamente que a ese folio solo le falta “poner la sentencia”. Resulta especialmente débil para la defensa que uno de los principales “indicios objetivos” para sostener una petición de 12 años de cárcel sea, simplemente, que el joven “llevaba un mechero” en el bolsillo al ser interceptado.

Finalmente, la defensa se ha referido a que en un informe policial, el propietario de la vivienda dice que el incendio “se ha producido en un coche que había ardido a las puertas de la vivienda”. Asimismo, el letrado ha argumentado que el informe final se elaboró de forma aislada, sin contar realmente con la Policía Científica, los bomberos o los propios agentes actuantes. La Fiscalía sí ha mantenido la pena de prisión. El juicio ha quedado visto para sentencia.

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