Una esteticista de Córdoba, absuelta de intrusismo en la podología después de que un detective se hiciera pasar por cliente
La Sección Segunda de la Audiencia Provincial de Córdoba ha ratificado la absolución de una esteticista de la capital que fue denunciada por el Colegio Oficial de Podólogos de Andalucía por un presunto delito de intrusismo profesional. La sentencia confirma que las actividades realizadas por la mujer en su local se enmarcaron dentro de sus competencias de belleza e higiene, sin invadir el ámbito clínico de la podología.
El proceso judicial se basó en gran medida en el testimonio de un detective privado contratado por el Colegio de Podólogos para investigar si la acusada ejercía como profesional sanitaria sin titulación. El investigador acudió a la consulta haciéndose pasar por un cliente que padecía de uñas encarnadas para comprobar cómo actuaba la profesional.
Según el informe del detective, la esteticista aceptó tratarlo, descartó otras afecciones como hongos y le recomendó el uso de una pomada antibiótica sujeta a prescripción médica. El Juzgado de lo Penal número 5 absolvió a la mujer al igual que ha hecho la Audiencia, quien ha considerado que este testimonio es “poco creíble” al no poder contrastar afirmaciones como la existencia de anuncios o la extensión de recetas por escrito.
La sentencia ha destacado que la acusada se publicitaba con una placa que rezaba Higiene del pie, lo que el tribunal ha considerado “coherente” con su titulación de esteticista y no como una forma de publicidad engañosa para captar pacientes sanitarios.
En consecuencia, para el tribunal, observar el pie antes de trabajar en él es un paso previo necesario tanto para un podólogo como para una esteticista, y “no constituye diagnóstico”, sino un presupuesto lógico para cualquier tratamiento estético. Además, sostiene que entre el trabajo de un esteticista y un podólogo hay un “espacio compartido” donde se utiliza material común, como alicates de corte o cuchillas para callos, que son accesibles en farmacias y pueden ser usados para retirar pieles muertas sin que ello suponga un acto médico.
Por otro lado, el tribunal no ha considerado probado que la acusada realizara cirugías ni que prescribiera medicamentos de forma ilegal, ya que no se aportó ningún documento que acreditara tal práctica.
Finalmente, la Audiencia ha desestimado el recurso del Colegio de Podólogos, concluyendo que la profesional se limitó a realizar labores de limpieza, corte de uñas y cuidados superficiales propios de su oficio.
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