Condenan a Carrefour a entregar a un consumidor cordobés todos los datos de su tarjeta 'revolving'

Un juzgado de Córdoba ha condenado a Servicios Financieros Carrefour, EFC, SA a entregar a un cliente toda la documentación relativa a su tarjeta de crédito, incluyendo el contrato, los movimientos según la norma 43 y la liquidación detallada de las cantidades abonadas con un extracto de movimientos. La sentencia, dictada por el Juzgado de Primera Instancia nº 2 de Córdoba, es consecuencia de una demanda presentada por el consumidor, defendido por la letrada Fuensanta Cabrera Salinas, y a la que la entidad financiera se allanó, reconociendo así las pretensiones del demandante.
Aunque Carrefour se allanó a la demanda, el juzgado consideró que debía pagar las costas del juicio. Según el artículo 395.1 de la Ley de Enjuiciamiento Civil (LEC), no se imponen costas si el demandado se allana antes de contestar la demanda, salvo que se aprecie mala fe. En este caso, el juzgado consideró que hubo mala fe por parte de la entidad financiera, ya que el consumidor había realizado una reclamación extrajudicial previa solicitando la misma documentación, a la que la empresa no atendió.
La sentencia del Juzgado de Primera Instancia n.º 2 de Córdoba, con fecha de 4 de febrero de 2025, indica que la conducta de la demandada muestra una falta de voluntad para resolver la situación antes de llegar a la vía judicial. La similitud entre la reclamación previa y la demanda judicial, junto con la falta de respuesta de la entidad financiera, fueron los elementos clave para determinar la mala fe.
La sentencia no es firme y contra ella cabe interponer recurso de apelación ante la Audiencia Provincial de Córdoba en un plazo de veinte días. La difusión del texto de la resolución está sujeta a la disociación de datos personales y al respeto de la privacidad.
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