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Una explotación de cerdos ibéricos.

Alfonso Alba

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Los acuíferos de Córdoba cada vez están más contaminados. En diciembre de 2020, una orden de la Junta de Andalucía ha ampliado la zona de acuíferos contaminados por la agricultura o la ganadería intensiva en toda la región, y también en la provincia de Córdoba.

Así, se ha ampliado la zona del Valle del Guadalquivir, que ya estaba incluida desde el año 2008, junto a todo el entorno de La Colada. A estas dos zonas de acuíferos se añade ahora los parajes entre Priego y Almedinilla. Sobre estas zonas, el gobierno andaluz tiene que tomar decisiones para reducir la cantidad de nitratos procedente de la agricultura (fertilizantes) y de la ganadería (purines) que se acaban filtrando a los acuíferos y contaminando las aguas.

El Ministerio de Transición Ecológica certifica que hay una alta concentración de nitratos en el arroyo de la Marota, en Almodóvar del Río; en el arroyo del Saladillo, en las inmediaciones de la campiña cordobesa; el embalse del Retortillo, en Hornachuelos; los embalses de El Carpio y Villafranca, en el Guadalquivir; y el embalse de Sierra Boyera, en el río Guadiato.

Además, hay otros 14 puntos que preocupan, ya que existe un alto riesgo de contaminación. En la cuenca hidrográfica del Guadiana ya se han detectado los primeros problemas en los acuíferos que suministran agua potable a Pedroche, Hinojosa del Duque y Pozoblanco.

En la cuenca del Guadalquivir, el Ministerio también ve problemas en el acuífero de Almedinilla, en Guadalcázar, en Santaella, en Villa del Río, en El Carpio, en Palma del Río, en Córdoba capital, en Doña Mencía, en Puente Genil, en Aguilar de la Frontera y en Montilla.

Esta identificación de aguas afectadas constituye un paso previo para que las comunidades autónomas, en el ejercicio de sus competencias, delimiten las zonas vulnerables a este tipo de contaminación. Esta zonas vulnerables deben ser aquellas cuya escorrentía alcance las aguas afectadas y, por consiguiente, contribuya a su contaminación. Sobre esas zonas vulnerables también es obligación de las comunidades autónomas establecer medidas para reducir la contaminación: las medidas se concretan en códigos genéricos de buenas prácticas y, en especial, en los denominados programas de actuación sobre las zonas vulnerables, que resultan de obligado cumplimiento para los agricultores que desarrollan su actividad sobre estas áreas.

Las medidas específicas que deben incluir los programas de acción están referidas, entre otros requisitos, a la limitación de periodos en que es posible la fertilización de las tierras, a las capacidades exigibles de almacenamiento temporal de abonos sólidos, a las cantidades máximas aplicables de fertilizantes, al registro de fertilización que deben llevar los agricultores, a la distancia que deben respetar entre el lugar de aplicación y las corrientes de agua, etc.

Todas estas actuaciones están vinculadas a la implementación efectiva de la Directiva 91/676, relativa a la contaminación por nitratos procedentes de fuentes agrarias. Las obligaciones de esta norma son medidas básicas a considerar en los planes hidrológicos de cuenca, que actualmente se encuentran en proceso de revisión. Si dichas medidas no son suficientes para frenar los impactos derivados de esta contaminación, lo planes hidrológicos deberán tomar en consideración otras medidas complementarias para posibilitar el logro de los objetivos ambientales exigidos por la Directiva Marco del Agua.

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