Cuatro años de cárcel por violar en Córdoba a una joven semiinconsciente mientras su novia dormía en otra habitación
El Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA) ha condenado a J. C. A. a cuatro años de prisión por un delito de abusos sexuales cometido contra una joven mientras se encontraba en un estado de semiinconsciencia, tras confirmar la condena de la Sección Segunda de la Audiencia Provincial de Córdoba.
Los hechos ocurrieron en noviembre de 2019, cuando la víctima de 24 años y vecina de Córdoba cursaba estudios de grado en la universidad y residía en un piso compartido con otras personas en la ciudad. Según relata la sentencia, facilitada a este medio por el TSJA, el 9 de noviembre de 2019, la víctima contactó con el acusado mediante mensajería instantánea para decirle que ese fin de semana no regresaría a su pueblo.
Tras varios intentos, en la noche del 20 de noviembre, el acusado y su pareja -que conocía a la víctima de haber vivido juntas durante etapas de estudio- se trasladaron a la capital con la intención de salir con la víctima a cenar algo. El plan consistía en cenar un kebab, visitar el piso de una amiga y salir a tomar copas por la ciudad. Durante la noche, la víctima consumió bebidas alcohólicas y se reunió con un grupo de personas, con quienes visitó tres locales de ocio nocturno, donde consumieron cervezas y chupitos por invitación del acusado.
Hacia las 7:30 del 21 de noviembre, parte del grupo se retiró y el resto se desplazó a pie hasta el último establecimiento. La víctima no mostró síntomas de intoxicación etílica que anularan su capacidad de decisión sexual, según constató la sentencia de la Audiencia, hasta el punto de que rechazó la proposición de un joven del grupo, quien le dijo de pasar la noche juntos en su habitación.
Como estaba previsto, el acusado y su pareja dormirían en el piso de la víctima, donde también estaba otra compañera de la joven. Ya en el piso, el acusado decidió quedarse en el salón debido a la falta de sueño mientras que su pareja y la víctima se fueron a dormir a sendas habitaciones. Entre las 7:35 y las 7:45, el procesado envió a la víctima -de la que no consta que en toda la noche mantuviera una actitud sugerente alguna con respecto a él- tres mensajes que seguidamente borró. Nueve y diez minutos más tarde, le hizo dos llamadas que no fueron atendidas. A las 7:58 le dijo “me aburro” y seguidamente “estás dormida??”, y a las 8:00 le mandó otros dos que decían “no soy capaz de dormir” y “me aburro”. Ninguno de estos mensajes fueron respondidos por la víctima.
La agredió sexualmente y después le pidió que no dijera nada
Sin embargo, aprovechando que la joven se encontraba al menos en un estado de semiinconsciencia, el acusado se introdujo en su dormitorio, bajó una de las perneras del pantalón de pijama y su ropa interior, y la penetró vaginalmente sin su consentimiento. En ese momento, la víctima recuperó suficiente consciencia para percibir lo que ocurría, pero sin tener una percepción normal de la realidad, siendo incapaz de distinguir lo ocurrido de un sueño. El agresor eyaculó sobre su cuerpo y salió de la habitación, mientras la víctima se levantó y se acostó en el sofá del salón.
Cerca del mediodía, el acusado pidió a su pareja que fuera a comprar comida, momento que aprovechó para regresar al salón donde estaba la víctima y pedirle que no contara nada de lo sucedido. Posteriormente, ambos se marcharon y se despidieron de ella. Más tarde, alrededor de las 14:00, la víctima envió un mensaje a su compañera de piso, a quien relató lo ocurrido. Pese a las reticencias iniciales, la compañera convenció a la víctima para acudir a un centro sanitario, siendo trasladada al Hospital Universitario Reina Sofía, donde fue examinada por un médico forense.
Como consecuencia de estos hechos, la víctima ha sido diagnosticada con estrés postraumático, que persiste y requiere tratamiento psicológico. Entre los síntomas que experimenta se incluyen temores diversos, dificultades para relacionarse, baja autoestima, depresión y disfunciones sexuales. Debido a estos acontecimientos, la víctima se vio obligada a abandonar sus estudios y trasladarse fuera de Córdoba.
El tribunal, en su fallo, ha considerado probado que la víctima no podía consentir de manera válida, ya que se encontraba en un estado que le impedía distinguir la realidad de un sueño. Además, se valoró la conducta del acusado al intentar que la víctima no contara lo sucedido, lo que agrava la responsabilidad penal. Además de la pena de prisión, el TSJA ha confirmado otras dos prohibiciones: una de ocho años de comunicación y acercamiento a la víctima, y otra de diez años de desempeñar cualquier actividad, ya sea remunerada o no, que implique contacto regular y directo con menores.
0