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Condenados tras cambiar la cerradura de la casa que alquilaban ante los “rumores” de que los inquilinos no la comprarían

Vista aérea de Baena.

Alejandra Luque

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La Sección Tercera de la Audiencia Provincial de Córdoba ha confirmado la condena de hacia una pareja como autora de un delito leve de coacciones tras impedir el acceso de los legítimos ocupantes a una vivienda de Baena, la cual que tenían alquilada con opción a compra.

Los hechos ocurrieron entre los días 11 y 14 de octubre de 2024, cuando los acusados cambiaron la cerradura del inmueble, bloqueando la entrada a los arrendatarios. Según el fallo, los propietarios alegaron que actuaron ante rumores de que los inquilinos se estaban mudando a otra localidad y que no podrían comprar la vivienda, temiendo entonces que la misma pudiera ser ocupada ilegalmente.

El Juzgado de Instrucción número 1 de Baena señaló que, aunque los acusados afirmaron desconocer que estaban cometiendo un delito, era evidente que sabían que su acción impediría a los legítimos ocupantes (con contrato de alquiler con opción a compra) entrar en la vivienda.

La sentencia subraya que estas conjeturas no justifican recurrir al cambio de la cerradura, y que para resolver cualquier disputa sobre la propiedad o el contrato debían haber acudido a la vía civil.

En primera instancia, este juzgado condenó a cada uno de los acusados a una multa de 180 euros, además del pago de las costas. Tras alegar ante la Audiencia, pidiendo la absolución, el tribunal ha reiterado que el desconocimiento de la ley no exime de responsabilidad y que los acusados incurrieron en un delito al impedir por la fuerza el acceso al inmueble.

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