Las ayudas al alquiler de la Junta suman 2,1 millones y beneficiarán a 596 familias
La delegada territorial de Fomento, Infraestructuras y Ordenación del Territorio de la Junta de Andalucía en Córdoba, Cristina Casanueva, ha animado a los ciudadanos que cumplan los requisitos y no lo hayan presentado aún a solicitar las ayudas de alquiler por el covid-19, “teniendo en cuenta que aún quedan fondos una semana después de que comenzase el plazo”.
Según ha indicado la administración autonómica en una nota, Casanueva ha recordado que a la provincia de Córdoba le corresponden en las dos anualidades 2020-2021, 2,1 millones que van a beneficiar en principio a 596 familias.
La Delegación de Fomento ha habilitado un registro extraordinario para atender a los ciudadanos interesados. Hasta la fecha se han presentado 211 solicitudes, 159 telemáticas y 52 presenciales, que de cumplir todas los requisitos suponen una cuantía de 1,13 millones, por lo que aún hay presupuesto de un millón más para ayudas.
La delegada ha destacado “la agilidad y eficiencia por parte de la Consejería de Fomento para que esta convocatoria de ayuda llegue cuanto antes a cubrir las necesidades de muchas familias, ya que hemos tardado menos de 70 días en sacar orden y convocatoria, que es justo la mitad de lo que se tardó en sacar las bases y orden de convocatoria de las ayudas alquila 2018, que estamos resolviendo”.
La Junta ha trabajado en las bases reguladoras y en las propias órdenes de la convocatoria desde que el Gobierno de España anunció estas ayudas que fueron aprobadas en la Orden Ministerial 336/2020 de 9 de abril por la que se incorpora, sustituye y modifican programas de ayuda del Plan Estatal de Vivienda 2018-2021 en cumplimiento del Real Decreto 11/2020 de 31 de marzo por el que se adoptan medidas urgentes complementarias en el ámbito social y económico para hacer frente al covid-19. El desarrollo y gestión de estas ayudas es competencia de las comunidades autónomas.
En el reparto de fondos de la Administración del Estado de medidas urgentes complementarias en el ámbito social y económico para hacer frente al covid-19, que gestionan las comunidades autónomas, Andalucía ha recibido 17,1 millones de euros, que sólo cubrirían las ayudas al alquiler para 4.700 familias.
“Entendiendo que era insuficiente, desde la Junta de Andalucía, consciente de las necesidades en nuestra tierra, se ha realizado un complemento de 13 millones de euros (3800) para alcanzar los 30 millones. Con esta asignación presupuestaria se podrá atender a unas 8.500 familias”, ha afirmado.
Casanueva ha señalado que “desde la Junta de Andalucía sabemos la difícil situación por la que están pasando muchas familias cordobesas que han perdido su empleo, han reducido las horas de trabajo, están en ERTE o han cesado en su actividad como autónomos o ha caído los ingresos 30 por ciento”.
Por ello, ha resaltado “el compromiso con las familias afectadas, haciendo todo lo que está en nuestra mano para mejorar la situación de las familias que no pueden pagar en este caso su alquiler. Somos un gobierno para todos y lo estamos demostrando en los momentos más complicados”.
“En esta ayudas se paga el cien por ciento de la renta mensual, con un máximo de 900 euros al mes y seis mensualidades y es por orden de llegada”, ha comentado la delegada, que ha detallado que “el importe máximo es de 5.400 euros”. La convocatoria de estas ayudas, que permite atender el pago de alquileres desde abril a septiembre, se publicó en el BOJA el 1 de julio y se puede solicitar del 8 de julio al 30 de septiembre.
En la web de la Consejería de Fomento se encuentran los formularios, guías de cómo presentarlo, solicitudes, teléfono de contacto 955 06 09 98 y preguntas frecuentes. La solicitud de ayuda deberá presentarse en el registro telemático único de la Administración de la Junta de Andalucía, en la dirección web 'https://juntadeandalucia.es/servicios/ayuda/presentacion-ele...'. La documentación acreditativa se podrá presentar telemática o presencialmente, en registro.
Procedimiento
El procedimiento comprende la entrega del El anexo I de datos básicos de la solicitud con información sobre el solicitante, su unidad familiar y la vivienda objeto de la ayuda, mientras que en el anexo II se acreditan los requisitos establecidos, y deberá presentarse en un plazo no superior a diez días desde la presentación del anexo I. Con el anexo III se aportan los documentos de prueba de la ayuda concedida que deberán presentarse antes de un mes desde que finalice la última mensualidad subvencionada.
Entre los requisitos están encontrarse en el paro, afectado por un ERTE o con reducción de las horas de contrato. En caso de ser autónomo haber cesado la actividad o tener una disminución de los ingresos del 30 por ciento. Además, deben estar empadronados en la vivienda de alquiler desde hace al menos seis meses, no disponer de vivienda en propiedad. (salvo que sea por herencia o divorcio, entre otros).
Con carácter general, sus ingresos deben ser menores de tres veces Iprem (1.613 euros al mes) en el mes anterior a la solicitud y el pago de la renta del alquiler más los suministros básicos (luz, agua, electricidad, gas y comunidad) tiene que ser superior al 35 por ciento de los ingresos de la unidad familiar.
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