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El panorama del Córdoba CF SAD (V): concurso sí, concurso no

Administradores judiciales, en El Arcángel | ÁLEX GALLEGOS

Rafael Ávalos

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Más allá de las cifras y sus correspondientes partidas, son otros los detalles de interés que deja la documentación. También tienen relación, por supuesto, con los números pero en determinados casos estos vienen a ser, en cierto modo, secundarios. Porque la relevancia está en otros hechos. Lo cierto es que la memoria de cuentas anuales elaborada por la administración judicial del Córdoba CF SAD, que encarnan Francisco Estepa y Javier Bernabéu hasta el 10 de septiembre, refleja diferentes circunstancias importantes en referencia a la situación de la sociedad. En concreto, CORDÓPOLIS se fija en la realidad sobre el proceso concursal en que se encuentra la entidad. Si bien tiene cerrado el primero en lo cuanto a pagos, todavía sigue abierto oficialmente. Al tiempo que el segundo, iniciado en noviembre, está vigente pero sin firmeza. Es decir, concurso sí, concurso no.

Es en la nota 17 de la mencionada memoria de cuentas anuales donde se aborda este asunto, que es un punto más dentro de la maraña jurídica e institucional en que está la SAD. Como punto de partida es necesario recordar  que el Juzgado de lo Mercantil número 1, su titular lógicamente, dictó allá en noviembre varios autos para autorizar un segundo concurso de acreedores y la venta de la unidad productiva de la sociedad. El requisito era la consignación de tres millones de euros que servirían para responder a las deudas contraídas recientemente pero también para culminar el primer proceso concursal, con convenio en 2012. Pues bien, las cifras restantes de ese procedimiento se abonaron en febrero, lo que supone que terminó el compromiso con acreedores y se cerró un ciclo para abrir el siguiente.

Sin embargo, esta circunstancia no es tal. Y así lo explica la administración judicial en la memoria de cuentas anuales. La problemática surge a raíz de la recusación del juez Antonio Fuentes, precisamente titular del Juzgado de lo Mercantil número 1. De inicio, se recuerda que la SAD “se encuentra actualmente en concurso de acreedores […] declarado mediante auto de fecha 18 de noviembre de 2019”. Al respecto, se añade que “el administrador concursal designado al efecto es el abogado don Francisco Estepa Domínguez, el cual, conforme al auto de declaración del concurso y desde su dictado sustituye al deudor en todas sus facultades, ostentando la gestión, control y representación de la sociedad a todos los efectos”. Es decir, en teoría el concurso se mantiene abierto. Sin embargo, se recuerda que tanto el mencionado dictamen como el del 26 de noviembre son “no firmes, a día de la fecha”.

Apenas un par de párrafos después, la administración judicial trata la extraña situación entre procesos. “Paralelamente a la consignación en la Cuenta de Consignaciones del Juzgado de lo Mercantil número 1 de Córdoba la cantidad suficiente para culminar los pagos pendientes del Convenio aprobado en el anterior procedimiento concursal de la entidad Córdoba Club de Fútbol SAD, aquel que se seguía bajo el número de autos de concurso voluntario 170/2011”, se expone. Esto quiere decir que, en efecto y como ya quedó escrito, el primer proceso ante los acreedores concluyó en base al fin de todos los pagos que restaban. Pero existe un matiz importante: está sin acabar debido a la falta de un auto que lo determine.

“Dicho procedimiento concursal se encuentra actualmente en trámite de conclusión una vez llevados a cabo los pagos pendientes a aquellos acreedores que, conforme a lo previsto en la propia propuesta de Convenio aprobada, habían cumplido su obligación de aportación de datos bancarios”, continúan Estepa y Bernabéu acerca de este tema. La citada tramitación “se encuentra suspendida mediante Diligencia de Ordenación de 9 de marzo de 2020 y ello por cuanto el magistrado titular formuló recientemente su abstención para conocer el asunto elevando los autos a la Audiencia Provincial de Córdoba a los efectos procedentes”. “Habiéndose admitido la indicada abstención y estándose pendiente de la designación de juez-magistrado sustituto”, se agrega en este sentido. Aclaración del texto: Antonio Fuentes se abstuvo en relación al cierre del primer concurso debido a que se encontraba ya recusado y ahora se espera, como es sabido por otro lado, la ratificación de Fernando Caballero como su relevo.

Para concluir, Estepa y Bernabéu insisten en que el convenio de 2012 “se encontraría íntegramente cumplido por haberse consignado y abonado la totalidad de los créditos afectados por el mismo, amén de aquellos otros que fueron objeto de convenios singulares como los de la AEAT (Agencia Estatal de Administración Tributaria) y la TGSS (Tesorería General de la Seguridad Social), que se encontraban satisfechos”. “No obstante, en tanto no se resuelva sobre el nombramiento del nuevo magistrado juez y se alce la suspensión acordada no podrá dictarse, en su caso, el auto que concluya el concurso de acreedores por cumplimiento del Convenio aprobado”, zanja la administración judicial. Es decir, sí está terminado el primer proceso e iniciado el segundo y a la vez continúa abierto el primero y en el aire el segundo.

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