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Los delitos de omisión de cuidados a perros y rebaños en Córdoba son cometidos en su mayoría por personas inimputables

Animales intervenidos en la rehala de Hornachuelos.

Alejandra Luque

12 de octubre de 2024 20:09 h

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El grueso de las denuncias formulada en 2023 por falta de condiciones higiénico-sanitarias o por omisión de cuidados a perros y rebaños en el mundo rural de Córdoba tuvieron como acusados a personas inimputables, es decir, exentas de responsabilidad criminal por algún motivo.

Así aparece reflejado en la memoria de la Fiscalía Provincial de Córdoba y ha asegurado la responsable de la sección de Medio Ambiente, Urbanismo y Patrimonio Histórico, María Eugenia Bautista, quien también tiene competencia en materia de los delitos que se producen sobre la flora, la fauna y los animales dométicos.

Bautista ha lamentado el hecho de que estas denuncias se queden sin sentencias condenatorias debido a esas causas de inimputabilidad. Según el Código Penal, dichas causas son cinco: no comprender la ilicitud de hecho, hallarse en estado de intoxicación plena por el consumo de bebidas alcohólicas, drogas o estupefacientes; sufrir alteraciones en la percepción, obrar en defensa propia o de ajenos; e infringir un deber para evitar un mal, siempre y cuando concurran cuestiones de necesidad.

Sobre la localización de estas denuncias en las que incurren causas de inimputabilidad, la fiscala ha apuntado que radican en el ámbito rural de la provincia de Córdoba. Asimismo, en este mismo ámbito y en el de la caza son donde se producen, mayoritariamente, las denuncias contra la flora y la fauna. En este último caso, durante 2023, se han instruido causas por el uso de costillas y redes cuando las mismas han atacado a la biodiversidad. Cuando la utilización de estas prácticas ha sido menor, la denuncia se ha curso en la vía administrativa y no en la penal.

Por otro lado, en las causas relativas a perros potencialmente peligrosos, la Fiscalía ha elevado el tipo penal para los propietarios de los canes, siempre y cuando se ha considerado probado que el dueño era conocedor de la peligrosidad concreta de su mascota. Así, la sección encargada de estos delitos ha pasado a juzgar la actitud negligente de los propietarios como un dolo eventual cuando se han producido delitos de lesiones a personas o ataques a otro perro.

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