Has elegido la edición de . Verás las noticias de esta portada en el módulo de ediciones locales de la home de elDiario.es.

Denuncian una cerca cinegética en mitad de un arroyo en una zona de alto valor ecológico

La cerca cinegética en Hornachuelos

Redacción Cordópolis

1

Ecologistas en Acción ha registrado una denuncia ante la Delegación Territorial de Desarrollo Sostenible en Córdoba de la Junta de Andalucía, y ante la Confederación Hidrográfica del Guadalquivir, “por lo que consideramos una flagrante vulneración de la normativa ambiental y de Aguas”, según han informado a este periódico.

Esta asociación ha denunciado el cercado de gestión de la finca Santa María de Taqueros, propiedad localizada dentro del Parque Natural Sierra de Hornachuelos. En concreto, el tramo de cercado cinegético que atraviesa, de lado a lado, el cauce del arroyo Pajarón.

Este colectivo ha documentado con fotografías su denuncia. Así, en las imágenes destacan las dimensiones de la retícula y la presencia de chapas en la parte inferior de la malla cinegética, que “impiden el paso de la fauna silvestre no cinegética”. “Esta circunstancia conlleva un incumplimiento del artículo 22 con carácter general, los cercados en el medio natural deberán permitir la libre circulación de la fauna silvestre… de la Ley 8/2003, de la Flora y la Fauna Silvestre de Andalucía, así, como el Reglamento de Ordenación de la Caza de Andalucía (Decreto 126/2017), en su artículo 68, punto 3 con carácter general, los cercados cinegéticos deberán permitir la libre circulación del resto de especies de la fauna silvestre…”, denuncian.

Asimismo, Ecologistas en Acción asegura que la colocación de la malla incumple la normativa en materia de Aguas que establece el Paso de Servidumbre en todos los cauces de titularidad pública, bien para labores de policía o bien para actividades recreativas o de paseo. En particular, el artículo 96.2 del Texto Refundido de la Ley de Aguas, establece “que los márgenes de lagos, lagunas y embalses quedaran sujetos a las zonas de servidumbre y policía…”. También, el Código Civil en su artículo 553, establece, “que quedarán sujetos a la servidumbre de uso público las riberas de los ríos aún cuando sean de dominio privado, en toda su extensión y márgenes…”.

“La autorización de este tipo de cercados de gestión está quebrando toda opción de cumplir los objetivos prioritarios del Plan de Gestión de la Zona de Especial Conservación (ZEC) Guadiato-Bembézar. Y esos objetivos prioritarios son la conectividad ecológica y la conservación de dos especies emblemáticas, el lobo (Canis lupus) y el Lince ibérico (Lynx pardinus)”, señalan. El mismo Plan de Gestión establece que el principal elemento de conexión es la densa red hidrográfica existente en el territorio, actuando sus ríos y arroyos como corredores ecológicos. Entre todos los ríos y arroyos existentes en esta ZEC, el arroyo y posterior río, Pajarón, ha sido, históricamente, uno de los corredores ecológicos naturales más importantes y privilegiados de la Sierra Morena cordobesa. “La situación ha cambiado radicalmente desde la aparición de las cercas cinegéticas”, lamentan.

Por último, mencionan en este sentido que es un requisito legal, establecido en la Directiva Habitats, y  aras de mejorar la coherencia de la red NATURA 2000, “la protección y el fomento de los elementos del paisaje, que por su estructura lineal y continua, como los ríos y arroyos, contribuyan a la conexión de las poblaciones de la fauna silvestre de interés comunitario”.

Etiquetas
stats