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La Iglesia reivindica la propiedad de la Mezquita en la respuesta a un juez

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Alfonso Alba

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El Cabildo matiza al magistrado que absolvió a los musulmanes austríacos y le dice que todo el templo, de 23.000 metros cuadrados, está consagrado al culto católico

Una semana después de que se conociera, la Iglesia ha reaccionado a la sentencia que dictó el titular del Juzgado de lo Penal número 5 de Córdoba en el que absolvió a los ocho musulmanes de nacionalidad austríaca que oraron en el interior de la Mezquita de Córdoba y que fueron acusados de desórdenes y de agredir a policías y guardias de seguridad. El Cabildo Catedralicio, que optó por no personarse en el juicio ni como acusación particular, ha reaccionado, además, para matiza una cosa escrita por el magistrado en los hechos probados que ni siquiera ha llegado a trascender a los medios de comunicación.

Según una nota de prensa enviada a todos los medios locales, la Iglesia dice que en su sentencia el juez afirma como hecho probado que “ya dentro de este edificio y en una zona no expresamente dedicada al culto católico...”. El Cabildo se refiere al argumento usado por el magistrado para explicar cómo se desarrolló el incidente entre los guardias de seguridad y los musulmanes austríacos, y su descripción como que en una parte de la Mezquita que no está dedicada en concreto al culto católico. Pues bien, la Iglesia es contundente a la hora de afirmar que “la Catedral de Córdoba está dedicada en su totalidad al culto católico desde su consagración, el 29 de junio de 1236, por decisión del Rey San Fernando”.

Y va más allá: “Desde esa fecha la Diócesis de Córdoba ha poseído pública, ininterrumpida y pacíficamente, a título de dueño, hasta nuestros días, sin que haya dejado de celebrarse ni un solo día el culto católico”. Esta afirmación va en contra de lo demandado por distintos colectivos laicos de la ciudad: que la Iglesia inmatriculó a su favor la Mezquita de Córdoba en 2006 aprovechando una ley aprobada en los 90. Y usa su propio argumentario: “El carácter sagrado de todo el recinto fue reconocido en el Boletín Oficial del Estado, de fecha 21 de noviembre de 1882, cuando su Majestad el Rey tuvo a bien declarar monumento nacional histórico artístico, no a la mezquita, sino a la Santa Iglesia Catedral de Córdoba, es decir, al templo en el que se encuentra la Cátedra del Obispo de Córdoba”.

El comunicado del Cabildo concluye con la misma contundencia con como empieza: “Por lo tanto, este Cabildo Catedralicio quiere exponer con claridad y así evitar todo error, que todo el perímetro que conforma el edificio de la Catedral de Córdoba (23.000 metros cuadrados) está consagrado al culto católico, como puede comprobarse cada vez que hay celebraciones solemnes en la Catedral, en las que el mismo espacio al que se refiere la sentencia se ocupa por los fieles cristianos. Así sucede, por ejemplo, cada vez que se celebran Órdenes Sagradas en la Catedral, cuando las procesiones de Semana Santa expresan su pertenencia a la Iglesia pasando por el primer templo de la diócesis, o como sucedió en la Coronación Canónica de Nuestra Señora del Carmen y siempre que la Comunidad Católica se reúne en torno a su Obispo”.

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