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La viuda del cabo muerto en Cerro Muriano no recurrirá el auto para no “retrasar” el juicio

El letrado Antonio Granados

Europa Press

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El abogado Antonio Granados, en nombre de la viuda del cabo Miguel Ángel Jiménez Andújar, natural de Adamuz (Córdoba) y fallecido el pasado 21 de diciembre junto al soldado sevillano Carlos León Rico, en unas maniobras en la base de Cerro Muriano; ha mostrado su “satisfacción” ante el auto del Juzgado Togado Central Número Dos que acuerda el procesamiento del capitán Zúñiga, el teniente Tato; el sargento Castroviejo, el teniente coronel Zanfaño, el comandante Velasco y el coronel Navarro.

Según ha dicho este letrado, este auto “no es el final del camino, pero sí un aliento de esperanza”, porque en la resolución, el juzgado refleja que “ve serios indicios de posible responsabilidad sobre la tropa y el mando” involucrados en el fatídico ejercicio de cruce del pantano artificial de la base de Cerro Muriano, saldado con las dos citadas muertes.

Antonio Granados ha considerado que el citado auto de procesamiento de seis de los investigados contiene “una gran fundamentación jurídica”, aclarando que no lo recurrirá, porque tal extremo podría “retrasar” la celebración del juicio; toda vez que la representación de la familia del soldado Carlos León Rico sí prevé recurrirlo para pedir nuevas diligencias. Así, ha insistido en su “satisfacción” por el auto.

Los jueces del Juzgado Togado Militar Central número dos, con sede en Madrid (equivalente al Tribunal Supremo en la justicia ordinaria), tomó este lunes la decisión de procesar a tres de los responsables de la Brigada Guzmán El Bueno X de la base militar de Cerro Muriano en Córdoba por los sucesos de diciembre de 2023 en los que murieron ahogados el soldado Carlos León Rico y el cabo Miguel Ángel Jiménez Andújar durante unos ejercicios en los que tenían que cruzar un pantano casi helado y donde no hacían pie.

El alto tribunal, después de una instrucción de un mes en la que se ha atendido a medio centenar de testigos y peritos, considera que el teniente coronel Zanfaño y el comandante Velasco serían responsables de dos delitos contra los deberes del servicio y otros dos más en grado de tentativa. Estos delitos son equivalentes a los de homicidio por imprudencia del Código Penal ordinario. Los dos primeros delitos serían por la muerte de los soldados, los siguientes por los heridos más graves. Los jueces consideran que estos mandos mantuvieron una “actitud pasiva” ante el diseño y la coordinación del ejercicio militar. Aunque no estuvieron presentes ni participaron en el mismo, sostienen que no cumplieron con su función de supervisión.

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