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Multa máxima a un conductor por ocultar 144.000 euros en un coche interceptado en la A-4 en Córdoba

Imagen de un control de la Guardia Civil.

Alejandra Luque

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La Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Madrid (TSJM) ha confirmado una multa a un conductor que fue interceptado en la A-4 en Córdoba mientras conducía un vehículo 144.665 euros camuflados en su interior. El tribunal ha desestimado el recurso interpuesto por el conductor, quien alegó que la multa impuesta -72.832 euros, la máxima permitida por ley- sobrepasaba el delito cometido.

Según la sentencia, los hechos se remontan a abril de 2022, cuando agentes de la Guardia Civil de la Comandancia de Córdoba desplegaron un control rutinario en el punto kilométrico 374 de la autovía A-4, a su paso por San Antonio, en El Carpio. Durante la inspección de un turismo, los agentes descubrieron los 144.665 euros en efectivo que no habían sido declarados previamente.

El dinero no iba a la vista, sino estratégicamente camuflado, ya que estaban fraccionados y envueltos en 15 paquetes de film transparente. Todo el dinero, además de un billete falso de 20 euros, estaban escondidos en el hueco destinado a la rueda de repuesto del automóvil. Ante este hallazgo, se dio traslado al Servicio Ejecutivo de la Comisión de Prevención del Blanqueo de Capitales e Infracciones Monetarias (Sepblac), iniciándose un expediente sancionador por una infracción grave, ya que la ley establece la obligación de declarar los movimientos por territorio nacional de efectivo iguales o superiores a 100.000 euros.

La Dirección General del Tesoro y Política Financiera impuso inicialmente una multa de 72.832 euros -equivalente al 50% del valor de los fondos incautados, el tope máximo estipulado por la ley- acompañada de una amonestación privada. Sin embargo, el infractor recurrió la decisión alegando falta de proporcionalidad y argumentando que no debió aplicarse el grado máximo de la sanción. Sin embargo, el TSJM ha desestimado su recurso debido a la cuantía hallado y que el uso tanto del hueco de la rueda de repuesto como el de los paquetes sellados con film transparente evidenciaban una clara intención de eludir la acción policial. Además, el conductor no aportó ningún tipo de dato ni documento que acreditara el origen lícito del dinero, ni demostró ejercer actividad económica alguna que respaldara una capacidad financiera semejante.

De este modo, el tribunal ha concluido que la presencia de estas agravantes justifica la aplicación de la multa máxima, desestimando el recurso y condenando al demandante al pago de las costas procesales con un límite de 3.000 euros.

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