Juzgan a una pareja por mentir en un juicio contra Aucorsa para cobrar una indemnización tras una supuesta caída
La Sección Tercera de la Audiencia Provincial de Córdoba prevé celebrar el próximo 6 de octubre un juicio contra un hombre y una mujer acusados de un delito de estafa procesal contra la empresa municipal Aucorsa, al que hay se suma el delito de falso testimonio para el acusado y el delito de presentación a juicio de testigo falso para la acusada. El Ministerio Fiscal pide para ella nueve meses de prisión por delito de estafa procesal y y otros 12 por presentar testigos falsos. Por su parte, al acusado procede imponer nueve meses por el primer delito y otros 12 por falso testimonio.
Ambos habían reclamado desde 2012 varias indemnizaciones a Aucorsa y a empresas aseguradoras derivadas de supuestas caídas o accidentes sufridas por la acusada como consecuencia de la utilización de los autobuses urbanos en Córdoba y de otros incidentes.
Según apunta el fiscal, aproximadamente en mayo de 2016, con la finalidad de ser indemnizados por hechos que no habían sucedido, la acusada formuló una reclamación a Aucorsa previa a iniciar un proceso judicial contra la empresa municipal. En ese escrito, la acusada manifestó que el 30 de abril de 2016, cuando ambos iban en un autobús de Aucorsa, antes de llegar a la parada de Las Tendillas, donde tenía intención de bajarse, la mujer se levantó del asiento. Una vez detenido el autobús, se dispuso a dirigirse a la puerta de salida. El conductor, que aparentemente tenía prisa, arrancó bruscamente, no percatándose de que otra mujer se disponía a bajar. Esta maniobra del conductor, junto a la presión de los viajeros que estaban dentro del vehículo, hizo que la acusada cayera al suelo, impidiendo apearse en esa parada y teniendo que bajarse en la siguiente.
Dado que Aucorsa y las empresas aseguradoras desestimaron el abono de la indemnización, la pareja las demandó, reclamando 410 euros. En el juicio, celebrado en 2018, ambos declararon unos hechos a pesar de que conocían que “no eran ciertos”. El Juzgado de Primera Instancia número 10 de Córdoba, tras practicar las pruebas solicitadas, desestimó la demanda e impuso a la acusada el pago de las costas.
En la sentencia, el juez manifiesta que no sólo no han quedado acreditados los hechos, sino que, además, se ha puesto de manifiesto la existencia de indicios racionales de haberse cometido una pluralidad de estafas, todo ello en base a la declaración del conductor del autobús, que negó cualquier tipo de incidencia aquel día, y a las manifestaciones del procesado, que no concordaron con lo que ella misma comunicó a la médico forense, relativas a cómo se había producido el incidente.
Además, en la documentación médica aportada en el juicio no se objetivó lesión ninguna, sólo referencias de dolor de la acusada. También se refiere la sentencia al muy llamativo e ingente número de caídas que la demandante ha sufrido desde el año 2018. Así, la acusada recibió una indemnización de 2.582 euros por un siniestro ocurrido en mayo de 2014; 6.058,75 euros de otros producido en diciembre de 2014, así como otras reclamaciones e indemnizaciones recibidas que, al parecer, se pusieron de manifiesto durante la declaración del acusado, “pese a las continuas intervenciones” de la acusada, “que denotaba que no quería que se indagase sobre las múltiples caídas e indemnizaciones recibidas”.
Además de las penas de prisión, la Fiscalía acuerda imponer una multa de 2.250 euros para cada uno de los procesados.
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