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La Fiscalía apoya “una rebaja de las penas a imponer” para “fomentar las conformidades”

Fachada de la Ciudad de la Justicia de Córdoba, en una imagen de archivo.

Europa Press

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La Fiscalía de Córdoba considera que sería “conveniente” establecer un sistema que permitiese, con objeto de “fomentar las conformidades” previas a juicio oral, “una rebaja de las penas a imponer”, de cara a que “resultase más atractivo para los acusados el sistema de conformidades”.

Así lo expone el fiscal de Conformidades Previas al Juicio Oral en la memoria anual del Ministerio Público referida al año 2023, aludiendo en este caso a lo indicado en la memoria del año anterior, y en este caso, al hilo de la creación del citado fiscal.

Al respecto, señala que “no hay que olvidar que estas conformidades resultan aplicables en numerosas ocasiones a delitos complejos que no pudieron tramitarse por diligencias urgentes”, por lo que “no cabe la rebaja del tercio de la pena prevista legalmente para aquéllas”.

“Precisamente es en esos casos, de delitos y procedimientos complejos, con un gran número de pruebas a practicar sean testificales, periciales, extensas documentales etc., cuando más interesante y valioso resultan las conformidades”, apunta, para declarar que “es evidente que este tipo de juicios lleva consigo una gran cantidad de trabajo para su preparación, mucho más lógicamente que en los casos de diligencias urgentes”.

Sin embargo, puntualiza que “pueden pensar los acusados que sin obtener beneficio alguno sea preferible esperar hasta el acto del juicio oral para intentar la conformidad”.

No obstante, pide no olvidar que “lo que se pretende con estas conformidades es precisamente evitar el trabajo de preparación de los juicios, por parte de todos los intervinientes en la Administración de Justicia, desde el juez encargado del juicio, fiscal, Letrado de la Administración de Justicia, abogados, gestores, tramitadores, auxilio judicial, y, por supuesto, testigos y peritos, ya que de realizarse la conformidad en el acto de la vista, todo este trabajo, que ya ha sido realizado, resultará un trabajo baldío, amén de innecesarios todos los traslados que se hayan efectuado, por parte de testigos y peritos”.

Por tanto, subraya que “lo interesante de estas conformidades es evitar ese trabajo previo que una vez que se produce la conformidad deviene inútil”. Así pues, entienden que “debería plantearse una posible modificación legal que permitiese una rebaja de la pena --diferenciada de la establecida para las diligencias urgentes--, por ejemplo el reconocimiento de una atenuante de confesión, en la que se pudiesen ver reflejados estos parámetros --actualmente sólo cabría plantearse, con los problemas que ello plantea una atenuante analógica--”.

También, agrega que ha sido objeto de análisis en anteriores memorias la propuesta de modificación de la Ley Orgánica del Tribunal del Jurado (LO 5/2015) y en concreto en el capítulo primero, donde se establece la competencia objetiva del mismo, considerando que “debe concretarse el enjuiciamiento a las conductas que habitualmente vienen siendo objeto de este procedimiento, excluyéndose otras como el enjuiciamiento a través de este procedimiento del delito de amenazas o del delito de allanamiento de morada”.

En cuanto a la Oficina Fiscal, en la memoria se explica que en el año 2021 comenzó la implantación efectiva de la misma en algunas fiscalías provinciales, como la de Córdoba, si bien precisa que “ello aún no ha producido un cambio esencial en el funcionamiento de las mismas”.

Cooperación internacional

En materia de Cooperación Penal Internacional, el Ministerio Público detalla que durante el año 2023 se tramitaron 34 expedientes de cooperación pasiva y 13 de auxilio, lo que supone un aumento con respecto al año anterior. Todos los expedientes han sido incoados y tramitados a través de la plataforma CRIS.

Casi la totalidad de las solicitudes de cooperación provienen de países europeos, con “abrumadora” de países de la Unión Europea --salvo uno extracomunitario proveniente de la República de Paraguay--, resultando que las comisiones rogatorias han superado a las OEI, habiéndose tramitado las mismas a efectos de notificación de resoluciones judiciales.

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