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Crece la cifra de condenados por construir ilegalmente que no derriban sus casas pese al riesgo de entrar en prisión

Parcelas en la zona del Aeropuerto

Alejandra Luque

10 de septiembre de 2026 20:03 h

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Crecen en Córdoba los condenados por delitos contra la ordenación del territorio -edificar en zonas no urbanizables, protegidas o en suelos inundables- que se niegan a demoler las construcciones ilegales por las que fueron condenados. Según recoge la Memoria de la Fiscalía General del Estado correspondiente al ejercicio 2025, en la provincia de Córdoba han aumentado de manera considerable los casos en los que el Ministerio Público ha informado negativamente sobre la suspensión de las condenas de prisión debido al incumplimiento reiterado de la obligación de demoler las viviendas o edificaciones construidas ilegalmente.

Esta tendencia evidencia una realidad preocupante en el mapa urbanístico cordobés: un número creciente de personas condenadas por edificar en suelo no urbanizable o protegido prefiere mantener en pie sus construcciones ilegales a pesar de exponerse al ingreso efectivo en prisión. Por norma general, en el sistema penal español, aquellas personas castigadas con penas de prisión inferiores a dos años y sin antecedentes penales pueden solicitar la suspensión de la pena para no entrar en un centro penitenciario. Sin embargo, este beneficio judicial no es automático y suele estar condicionado a la reparación del daño causado.

En la provincia de Córdoba, la Fiscalía ha endurecido drásticamente su postura: la demolición de la construcción ilegal se ha convertido en una condición indispensable. Si el condenado se niega a derribar la vivienda, el fiscal emite un informe contrario a perdonarle el ingreso en prisión. Esta postura obliga a los infractores a asumir el derribo o afrontar la ejecución efectiva del castigo entre rejas. La pena que suele imponerse a estos procesados suele ser un año de prisión, el pago de una multa de 2.880 euros y la obligación de demoler la construcción. Sobre esto último ya se ha pronunciado el Tribunal Supremo, que en varias sentencias ya ha dejado claro que no demoler lo construido supone dar un “cheque en blanco” para futuras infracciones.

El documento presentado por la Fiscalía General pone de relieve las severas dificultades a las que se enfrentan las secciones de Medio Ambiente para lograr que las sentencias firmes se cumplan. A nivel nacional, durante el último ejercicio se registraron únicamente 82 demoliciones efectivamente ejecutadas —-contabilizando tanto las voluntarias como las forzosas-, si bien el propio órgano judicial admite que la cifra real podría ser superior dada la complejidad para rastrear el control de las ejecutorias en todo el país.

El análisis de la memoria expone además las fisuras administrativas que perpetúan la permanencia de viviendas ilegales durante años o incluso décadas en la comunidad autónoma. La Fiscalía Provincial de Málaga, por ejemplo, ha denunciado abiertamente la escasa colaboración de numerosos ayuntamientos, que dilatan los procesos aludiendo a la falta de medios o eternizando expedientes de posible regularización. Frente a esta pasividad municipal, la Fiscalía destaca la buena disposición de la Dirección General de Ordenación del Territorio de la Junta de Andalucía para intervenir y colaborar en los derribos cuando la actuación de las corporaciones locales resulta imposible.

Ante este panorama de resistencia por parte de los infractores y trabas en la vía administrativa, la Fiscalía General del Estado considera “imprescindible” estrechar el cerco y ejercer un control directo sobre la fase de ejecución de las sentencias. Para ello, los fiscales delegados de Medio Ambiente y Urbanismo asumirán de manera directa la supervisión de estas ejecutorias, anunciando que se reforzarán las secciones provinciales si fuera necesario con tal de garantizar que las órdenes de derribo se lleven a cabo y no queden archivadas.

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