Dos años de cárcel por estafar 2.000 euros a los ancianos que cuidaba
La Sección Segunda de la Audiencia Provincial de Córdoba ha ratificado la condena de dos años de prisión a una trabajadora del servicio de ayuda a domicilio por un delito de estafa a un matrimonio de ancianos al que atendía en su vivienda de Villanueva del Duque. La empleada aprovechó la relación de confianza y el acceso al inmueble para hacerse con la tarjeta de débito y el número PIN de la pareja y realizar varios reintegros de dinero en cajeros automáticos sin su consentimiento.
La resolución desestima de forma íntegra los recursos de apelación presentados tanto por la defensa de la procesada como por la acusación particular, la cual ejercen las herederas del matrimonio, ya fallecido. Según consta en el relato de hechos probados, la procesada desempeñaba labores de limpieza y cuidado en el domicilio del matrimonio. En ese contexto, y sin contar con autorización de los titulares ni de su entorno familiar, la acusada cogió la tarjeta de crédito y el código PIN secreto de la pareja.
Con dicha tarjeta, la cuidadora realizó tres extracciones de dinero consecutivas a espaldas del matrimonio en cajeros automáticos durante el mes de mayo de 2021 que sumaron un total de 2.000 euros. Durante la causa, la investigada admitió haber realizado esas tres operaciones en el cajero, pero defendió que contaba con el permiso verbal del anciano para sacar el dinero a escondidas de su esposa.
Sin embargo, el tribunal ha hecho suyos los argumentos de la jueza de la plaza número 1 de la Sección de lo Penal del Tribunal de Instancia de Córdoba, quien tachó esta coartada de “absurda e inverosímil”, apoyándose en la declaración de la sobrina-nieta del matrimonio. Esta familiar explicó durante el juicio que su tío siempre acudía en persona al cajero cuando necesitaba disponer de efectivo -permaneciendo al menos dentro del vehículo mientras la empleada le asistía- y que jamás realizaba retiradas de esa cuantía ni en esas fechas.
Junto a la condena ratificada, la acusación particular solicitaba en su recurso de apelación elevar la cuantía indemnizatoria hasta los 5.600 euros o decretar la nulidad parcial del fallo. Su objetivo era atribuir a la procesada otros tres reintegros sospechosos detectados en el mismo periodo (1.000 euros el 31 de mayo, 1.000 euros el 8 de junio y 600 euros el 25 de junio de 2021). En este caso, la Audiencia ha aplicado el principio de duda razonable que ya utilizó el juzgado de instancia sobre esas cantidades. Así, la Sala ha argumentado, por un lado, que sobre estas operaciones no existía confesión de la investigada, y, por otro, que las acusaciones renunciaron expresamente en el juicio a la reproducción de las grabaciones de las cámaras de seguridad de la entidad bancaria. Esta renuncia impidió que el material videográfico pudiera contrastarse en el plenario para identificar de forma fehaciente al autor de esas extracciones de dinero.
Además de los dos años de prisión, la condenada tendrá que indemnizar con 2.000 euros a los herederos de las víctimas.
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