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Sin rastrillos, de día y hasta cinco kilos por persona: la Junta vuelve a regular la recogida de setas en Córdoba

Setas.

Alejandra Luque

27 de septiembre de 2026 19:55 h

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La llegada de los primeros aires otoñales marca el inicio no oficial de la temporada micológica en las sierras cordobesas. Como cada año por estas fechas, la Junta de Andalucía ha hecho pública la norma que determina cómo, cuándo y cuánto se puede recolectar en los terrenos forestales de la provincia. La Delegación Territorial de Sostenibilidad y Medio Ambiente ha ratificado la resolución que fija el marco legal para la recogida de setas durante la campaña 2026-2027, una normativa que entra en vigor tras su publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía (BOJA) y que no presenta novedades sustanciales respecto a años anteriores.

El texto oficial mantiene como objetivo primordial prevenir episodios de “recogida incontrolada y abusiva” que comprometan el medio ambiente y pongan en riesgo las poblaciones locales de hongos en comarcas de arraigada tradición como el Valle del Guadiato o Sierra Morena. De este modo, los aficionados que salgan al monte para la recolección con fines exclusivamente de autoconsumo no necesitarán tramitar ninguna autorización administrativa previa, siempre y cuando no rebasen el límite máximo estipulado de cinco kilogramos de peso por persona y día. El periodo hábil para esta actividad abarcará hasta el próximo 31 de mayo de 2027.

La normativa diferencia el régimen de acceso en función de la titularidad del terreno forestal. En los montes públicos gestionados por la Administración autonómica, la recolección mantiene su carácter gratuito -a menos que se disponga explícitamente lo contrario en su Plan Anual de Aprovechamientos-, aunque los recolectores deberán comunicar previamente su intención en el Ayuntamiento del término municipal donde se ubique el monte. La Junta precisa además que el acceso a estas áreas públicas podrá ser restringido de forma puntual por motivos de seguridad derivados de cacerías o trabajos de mantenimiento forestal.

Por el contrario, la recogida en fincas y terrenos de propiedad privada exigirá la autorización expresa y previa de sus titulares. Asimismo, en aquellos montes con aprovechamientos micológicos ya concedidos o ubicados en Espacios Naturales Protegidos se aplicará la reglamentación específica del sector o del espacio en cuestión.

Para salvaguardar la regeneración del suelo micológico y garantizar la persistencia de las distintas especies, la Junta de Andalucía recalca un estricto paquete de prohibiciones y buenas prácticas ambientales cuyo incumplimiento acarreará sanciones económicas y la pérdida del material recolectado. De este modo, queda terminantemente prohibido alterar la capa superficial del suelo. No se permite el uso de rastrillos, azadas, escardillas u otros utensilios que remuevan el mantillo, ya que estas herramientas dañan irreversiblemente el micelio impidiendo el brote de nuevos ejemplares en cosechas futuras.

Además, se exige utilizar cestas de mimbre o recipientes similares que estén aireados, permitiendo así la caída y dispersión de las esporas a lo largo del recorrido. La actividad queda restringida al horario diurno según los parámetros de salida y puesta del sol fijados por el Instituto Geográfico Nacional para la provincia de Córdoba. Se prohíbe el uso de linternas o focos en horas nocturnas. Por otro lado, no se permite la recolección de setas inmaduras y es obligatorio respetar las especies no comestibles, podridas o desconocidas, en atención al rol ecológico fundamental que desempeñan en el ecosistema forestal.

Por último, la Junta prohíbe la circulación de vehículos fuera de las vías autorizadas, generar ruidos que molesten a la fauna silvestre y el abandono de cualquier clase de residuos.

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