Condenas mínimas a 13 personas en Córdoba que compraban coches de lujo para blanquear dinero de narcos del Estrecho
La Sección Tercera de la Audiencia Provincial de Córdoba ha acogido este miércoles el juicio contra los integrantes de una red de blanqueo de capitales desarticulada por la Guardia Civil en la Operación Carrus. La vista –que estaba prevista para tres jornadas– se ha zanjado tras alcanzar un acuerdo de conformidad entre la Fiscalía y las defensas de los procesados, quienes han reconocido formalmente su participación en los hechos tras aplicárseles a todos la atenuante muy cualificada de dilaciones indebidas.
Los hechos que han sido juzgados se remontan a 2018, cuando la Guardia Civil desarticuló una red que blanqueaba dinero procedente del narcotráfico del Estrecho de Gibraltar. El modus operandi era la compra vehículos de alta gama a través de empresas pantallas ubicadas en Córdoba. Aunque los coches se ponían a nombres de los acusados, los usaban los narcotraficantes. Al inicio de la sesión, el Ministerio Fiscal ha retirado la acusación formal contra tres de los encausados –V. R., R. P. y J. L. S.–. Para los otros 13 procesados en la causa, las condenas finales -entre nueve y un año de cárcel- han supuesto una importante rebaja frente a las peticiones iniciales de la Fiscalía, que solicitaba entre cinco y seis años de prisión para cada uno de ellos.
Las condenas impuestas por el tribunal llevan aparejada la inhabilitación especial para el ejercicio de la profesión, industria o comercio relacionada con la compraventa e importación de vehículos. Esta medida busca impedir legalmente que los condenados puedan volver a administrar, constituir o participar en empresas del sector automovilístico o mercantil para realizar operativas similares.
El considerado líder y principal administrador de la red societaria, R. M. R., y su cómplice, M.M. R., han sido condenados a una pena de un año de prisión y una multa de 90.000 euros y 32.571,07 euros, respectivamente. Sobre el resto de los procesados, la Audiencia ha agrupado las sanciones fijando diez meses de prisión para la práctica totalidad de ellos, diferenciando los importes de las multas según el nivel de implicación acreditado.
Así, dos acusados han sido condenados a diez meses de cárcel y una multa individual de 32.571,07 euros. En un segundo grupo, otros dos procesados han aceptado penas de diez meses de prisión y multas fijadas en 1.500 euros cada uno. Por su parte, otros dos han sido condenados a diez meses de prisión con sanciones pecuniarias de mayor cuantía: 4.000 euros para el primero, 50.000 euros para el segundo y 75.000 euros para el tercero.
Finalmente, para el último condenado se ha establecido la pena privativa de libertad más baja, fijada en nueve meses y 22 días de prisión, junto a un año de inhabilitación y una multa simbólica de un euro al no haberse podido determinar el número exacto de operaciones en las que intervino ni la cuantía económica precisa que manejó o se llevó. Dado que el Código Penal español exige que el delito de blanqueo conlleve una multa económica, además de la pena de prisión, la Fiscalía ha cumplido este trámite exigiéndole esta multa simbólica.
La Audiencia suspende la ejecución de la pena a todos los condenados
Tras la imposición de las penas, el tribunal ha dictado la suspensión de la ejecución de las penas de prisión para todos los condenados tras contar con el pronunciamiento favorable de la Fiscalía. El plazo de suspensión ha quedado fijado en tres años para R. M. R. y en dos años, para los demás procesados. No obstante, al constar antecedentes penales en las hojas del historial delictivo de este procesado y de otros dos, el tribunal ha supeditado la suspensión de la pena al cumplimiento adicional de trabajos en beneficio de la comunidad: cuatro meses en el caso de R. M. R., y dos meses para los otros dos. Además, las defensas dispondrán de un plazo de 10 días para presentar ante la Audiencia un calendario de pago fraccionado de las multas.
Una red de alcance nacional con base societaria en Córdoba
Las investigaciones policiales arrancaron en el marco de los dispositivos de la Guardia Civil para combatir las estructuras financieras del narcotráfico en el Estrecho de Gibraltar. Agentes de la Comandancia de Algeciras detectaron un concesionario que suministraba vehículos de gran cilindrada tanto al cabecilla de esta red, R.M. R., como a los líderes de otros clanes de la zona.
La organización criminal, conocida entre los narcotraficantes del Campo de Gibraltar como el clan Baba, llegó a blanquear más de 5,5 millones de euros procedentes del tráfico de drogas en el conjunto de sus operaciones. Aunque la trama no blanqueó la totalidad de ese dinero únicamente en Córdoba, la provincia funcionaba como la base neurálgica societaria de la red: el jefe del entramado administraba desde tierras cordobesas varias empresas pantalla dedicadas a la importación y compraventa de automóviles de alta gama desde Alemania, cuyos costes por unidad superaban habitualmente los 100.000 euros.
El modus operandi consistía en registrar y mantener formalmente los coches a nombre de los acusados o de las sociedades intermediarias durante largos periodos de tiempo. Sin embargo, la Guardia Civil constató que los vehículos eran entregados directamente a conocidos narcotraficantes e integrantes de clanes del Estrecho para su uso cotidiano. De este modo, los delincuentes lograban disfrutar de un elevado patrimonio sin vinculación directa ni levantar sospechas ante la Hacienda Pública.
Dado el alcance de la red, la Operación Carrus conllevó la detención de 88 personas y la investigación de otras 19 en múltiples puntos de la geografía nacional, como Córdoba, Cádiz, Sevilla, Málaga, Granada, Huelva, Madrid, Barcelona, Alicante, Ceuta, Pontevedra o Ciudad Real. La operativa global incluía el movimiento de fondos a través de más de 48 cuentas bancarias, habiéndose intervenido en los registros dos inmuebles, 37 vehículos de alta gama, una motocicleta y diverso material informático.
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