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El acusado por el crimen de Cabra, condenado a 29 años de prisión

Juicio del crimen de Cabra.

María Berral

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El acusado como autor de los hechos ocurridos en 2019 en los que falleció A.P.M. ha sido condenado a 29 años de prisión. Así lo señala la sentencia a la que ha tenido acceso este periódico. Los hechos por los que ha sido condenado tuvieron lugar el 19 de septiembre del mencionado año cuando A.P.M. perdía la vida al ser asesinado. El jurado popular ya lo había declarado culpable. La Sección Tercera de la Audiencia Provincial es la que ha impuesto la pena concreta a 29 años de cárcel.

Los jueces han declarado probados los hechos de acuerdo con el veredicto del jurado popular. Uno de ellos es que la víctima se encontraba en un coche estacionado en el parque la Ciudad de los Niños de Cabra junto a su acompañante, cuando sobre las 3:00, Jefferson abrió la puerta del vehículo. Cuando este agarró a la chica que acompañaba a la víctima, se provocaría un forcejeo “para que éste soltase a la joven, instante en que su oponente, con un cuchillo de grandes dimensiones, comenzó a lanzar cuchilladas hacia los dos”.

El chico “trataba de esquivar como podía los golpes de cuchillo, sin evitar que algunos impactaran sobre su cuerpo hasta que consigue huir tomando dirección a la calle Alcalde Eduardo Rueda, esquina con calle Victoria Kent, lugar donde el acusado, que salió tras él, le dio alcance”. Fue cuando “guiado por el ánimo de acabar con su vida”, con el cuchillo le propinó un total de 18 puñaladas en la zona del cuello, brazos, esternón, abdomen y tórax, “asestándolas con tal fuerza y brutalidad que en ocasiones llegó incluso a clavarle toda la hoja del cuchillo hasta el mango, seccionándole así varias costillas, lo que le provocó la muerte inmediata”.

Asimismo han probado que según el informe Médico Forense, la chica que se encontraba con él aquella noche, tuvo varias lesiones, una herida incisa en la mano izquierda, “que precisaron para su sanidad de tratamiento médico, el cual consistió en puntos de sutura así como tratamiento psicológico por el estado de ansiedad subsiguiente”.

También ha aprobado que la acusación particular elevó a definitivas sus conclusiones provisionales, “calificando los hechos como constitutivos de sendos delitos de asesinato por concurrir la circunstancia de alevosía (artículo 139.1a del Código Penal) y lesiones con la agravante de uso de armas”. La acusación añadió también el agravante de ensañamiento.

La pena

De acuerdo con el veredicto del jurado popular, el juez del caso ha condenado a Jefferson “como autor criminalmente responsable de los delitos de asesinato y lesiones” a 25 años de cárcel con la inhabilitación absoluta; y a otros cuatro años “con la accesoria de inhabilitación especial para el derecho de sufragio pasivo durante el tiempo de la condena por el delito de lesiones agravadas por el uso de armas”.

Asimismo se le prohíbe la comunicación “por cualquier medio y de acercarse en un radio de 500 metros durante 10 años al lugar donde se hallen los padres del fallecido” y su hermana así como a sus domicilios. También se ha establecido esta prohibición en un radio de 200 metros durante cinco años al lugar donde se halle, la testigo principal -acompañante de la víctima la noche de los hechos-, así como a su domicilio.

Además, se le ha condenado a la indemnización a los perjudicados por el daño moral sufrido por el fallecimiento del joven. A su madre con 100.000 euros; al padre con 70.000 y a su hermana con 50.000 euros. También tendrá que indemnizar a la amiga del fallecido con 2.000 euros más 900 “por las secuelas”.

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