El Supremo confirma las condenas del 'caso Almazaras'
Las penas para tres de los acusados suman más de seis años de prisión
El Tribunal Supremo ha confirmado la sentencia de la Sección Primera de la Audiencia Provincial de Córdoba que hace justo un año condenaba
a más de seis años a tres de los acusados en el llamado caso Almazaras. En concreto, el Supremo confirma que el exgerente de Almazaras de Priego es culpable de un delito continuado de uso de documento falso, junto con un delito societario por administración fraudulenta. Por ello, le aplica la mayor condena de los acusados que se sentaron en el banquillo: tres años y cinco meses de prisión.
Otro responsable de la empresa ha sido condenado como inductor y cooperador necesario en el mismo delito, siendo condenado a dos años de prisión. La tercera condena, para un tercer inculpado es de un año de cárcel, por el mismo delito.Los otros cuatro acusados han sido absueltos.
El caso de las Almazaras de Priego de Córdoba, que estalló en 2004, empezó a ser juzgado el 4 de febrero. La Fiscalía pedía 44 años de cárcel a los siete acusados de delitos societarios, falsedad y estafa en la compraventa de aceite de oliva. El que fuera gerente de la cooperativa agraria ha negado las acusaciones y ha afirmado que él nunca falsificó las firmas por el que defraudó casi 650.000 euros, afectando a 2.000 familias.
El escrito de calificación de la Fiscalía apuntaba que la pérdida de casi 650.000 euros por parte de Almazaras de Priego fue en beneficio de la empresa Oligra. Por ello, Almazaras presentó una querella criminal contra el exgerente de Almazaras, los representantes de Oligra F.G.B. y su hijo, y contra el representante de Oleonostrum, que actuó de intermediario, imputándose a todos ellos la presunta comisión de los delitos de estafa y falsedad documental.
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