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Música, malabares o globoflexia: el Ayuntamiento ofrece 55 espacios para artistas callejeros de cara a 2026

Toni Rivas, músico callejero

Carmen Reina

1 de septiembre de 2025 20:06 h

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El Ayuntamiento de Córdoba acaba de anunciar la apertura del plazo de presentación de solicitudes para la concesión de autorizaciones para actividades de expresión artística en la calle de cara a la temporada 2026, conforme a las bases reguladoras ya publicadas el año pasado. Las personas interesadas podrán presentarlas en el período de 1 al 31 de octubre de 2025.

Desde que se estableciera una convocatoria oficial y unas bases reguladoras para esta actividad en la calle, el Ayuntamiento abre a concurso público la solicitud de los espacios en la vía pública para ejercer distintas actividades artísticas. Estas deberán respetar el horario autorizado de lunes a domingo dentro de las franjas horarias comprendidas entre las 10:00 y las 14:00 y de las 17:30 a las 22:00 -que se alarga hasta las 23:00 en los meses de mayo a septiembre-.

Según las bases que regula esta actividad, se ofertan un máximo de 55 autorizaciones anuales -50 para espectáculos y 5 para venta de arte- que incluye distintas disciplinas: música (solistas o grupos de no más de 4 miembros) con o sin venta del producto que refleje la actividad realizada; mímica y estatuas humanas; teatro, títeres y marionetas; danza; actividades circenses (malabares, payasos, etc.; magia e ilusionismo; globoflexia y pompas de jabón; pintura, retrato y caricatura (en lienzo, papel, cartón, cartulinas, etc. ) con venta de productos fruto de la actividad; fotografía artística con venta de productos fruto de la actividad; y otras manifestaciones artísticas asimilables, a criterio del Ayuntamiento de Córdoba.

Con estas actividades se trata de promover las diferentes manifestaciones artísticas en la calle, compatibilizándolas con el resto de usos de la misma y el derecho al descanso vecinal, además de mejorar la percepción de las actividades artísticas callejeras como parte de la experiencia cultural de la ciudad.

Para el desarrollo de las actividades de los artistas callejeros se establecen tres zonas, por las que irán rotando: Centro y Zona Comercial, Centro Histórico y Entorno del río, Eje Tendillas-Mezquita-Ribera y otras zonas dispersas. Sobre la primera, los lugares autorizados son Bulevar del Gran Capitán (inmediaciones del templete), Concepción (desde Puerta de Gallegos hasta Bulevar del Gran Capitán), Gondomar, Plaza de las Tendillas, Calle Cruz Conde, Paseo de la Victoria (desde el Mausoleo Romano hasta el Parque Infantil de Tráfico), Avda. de la Libertad (Paseo del Vial Norte), Avda. Al-Nasir (Paseo del Vial Norte), Avda. de Barcelona, Plaza de Colón, Gran Vía Parque, Ronda de los Tejares, Plaza de la Corredera y Calle Capitulares.

Los artistas interesados deben aportar una memoria descriptiva de su actividad, incluyendo fotografías o vídeos, descripción de características técnicas de los equipos de reproducción sonora utilizados con la potencia autorizada y la superficie de ocupación de la vía pública que será de 1 metro cuadrado si se trata de actuaciones individuales, 2 metros cuadrados para actuaciones en pareja y 4 metros cuadrados en los supuestos de actuaciones en grupo, no pudiendo superarse este máximo.

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