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El Defensor pide que se atienda la ayuda a domicilio a una nonagenaria tras un año de espera

Una anciana en un centro de mayores.

Carmen Reina

1 de septiembre de 2025 20:05 h

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El Defensor del Pueblo Andaluz ha dado a conocer una resolución tramitada ante la Delegación Territorial de Inclusión Social, Juventud, Familias e Igualdad en Córdoba por la que insta a que, “sin más dilación se impulse la solicitud de revisión del programa individual de atención instada por la persona solicitante”, en referencia a una persona dependiente de 90 años y que, a la fecha de la resolución del Defensor ya llevaba un año esperando la atención de ayuda a domicilio.

Según ha difundido la oficina del Defensor, la mujer que hacía llegar su queja, de 90 años, tenía reconocido el Grado I, de dependencia moderada, elaborándose en el mes de febrero de 2024 la propuesta de plan de atención individual (PIA) en el que se proponía el servicio de ayuda a domicilio con una intensidad de 20 horas mensuales. Pasados los meses sin recibir esa prestación, elevó una queja al Defensor.

Esta institución requirió información de la Delegación Territorial de Inclusión Social, Juventud, Familias e Igualdad en Córdoba, respondiendo esta que “el expediente está pendiente de estudio para poder determinar su capacidad económica” y la prioridad de la actuación.

Un año después de iniciada la tramitación de la queja, la familia de la mujer nonagenaria aseguraba al Defensor que seguía sin recibir la ayuda a domicilio propuesta por los profesionales. “Reitera la pretensión de la dependiente, además muestra su preocupación por la avanzada edad de la afectada y su poca esperanza de una pronta resolución”.

Ante ello, el Defensor dictó una resolución “por la que se resuelva aprobar el nuevo programa individual de atención elaborado por los servicios sociales comunitarios y en el que se propuso la nueva intensidad de 20 horas mensuales del servicio de ayuda a domicilio, como modalidad de intervención más adecuada para la dependiente, permitiendo con ello el reconocimiento de un derecho universal y subjetivo traducido en el disfrute de un servicio y/o prestación que ayude y mejore la calidad de vida de la persona dependiente”.

Asimismo, en la exposición de los hechos y consideraciones sobre este caso, el Defensor traslada “una vez más, nuestra profunda preocupación por la demora que afecta a los expedientes de dependencia, sobre todo cuando la persona dependiente tiene edad avanzada y delicado estado de salud, como es este caso. En estos supuestos, el tiempo en la tramitación es una cuenta atrás en sus vidas, de ahí que debamos insistir en la importación de cumplir con los plazos establecidos en la normativa o con una demora prudencial, evitando así que la persona solicitante llegue al término de su vida sin disfrutar de un derecho que le corresponde”.

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