Un juez anula un cambio en las condiciones laborales de una empleada de Piedra
CNT sostiene que los supermercados cambiaron el horario de la empleada por su filiación al sindicato
El Juzgado de lo Social 3 de Córdoba ha declarado la nulidad de la modificación sustancial de las condiciones laborales de una trabajadora de Supermercados Piedra, delegada de la sección sindical de CNT, por vulneración de sus derechos fundamentales. Así lo comunica el sindicato en una nota de prensa en la que precisan que su compañera comunicó en septiembre su afiliación a CNT e interpuso varias reclamaciones contra la empresa por los excesos de jornadas que sin remunerar ni cotizar, Supermercados Piedra le obligaba a realizar.
CNT afirma que la mujer tenía una horario semanalmente alterno de mañana o tarde por 7 horas al día, seis días a la semana, por un total de 42 horas/semana, sin embargo venía cobrando y cotizando por 24 horas, en una práctica que no es aislada en esta empresa.
“Inmediatamente después de comunicar la afiliación y reclamar contra la empresa, la empresa le indicó que no acudiera a trabajar, cobrando su salario sin poder ir a trabajar, indicándole la empresa que el motivo es la compensación horaria”, afirma el comunicado de CNT.
Tras un mes en esta situación, prosigue el sindicato, “se le comunica que se reincorpore en el horario de 24 horas por semana que indicaba su contrato, unas cuatro horas diarias, pero dos horas por la mañana y dos por la tarde , un horario que nunca se había practicado en esa tienda”.
“La compañera, con el apoyo del sindicato que puso en marcha una campaña de denuncia pública de la explotación en Piedra, reclamó contra esta modificación, entendiendo que era una represalia contra su afiliación sindical y sus reclamaciones, exigiendo volver a su horario habitual a tiempo completo pero cobrando y cotizando por él”, prosigue la nota.
Ahora el juez ha determinado la nulidad de las modificaciones de la empresa, por entender que se trata de una vulneración de derechos fundamentales, dando la razón a la trabajadora y al sindicato, y estableciendo que la compañera debía volver a su condiciones de trabajo previas, estableciendo que estas eran una jornada de 40 horas semanales. “Con esta sentencia, la compañera consigue acabar con la práctica de trabajar 42 horas y cobrar por 24”, zanja CNT.
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