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Una jornalera logra la incapacidad total que le negó un juez pese a su historial de cáncer

Jornalera recogiendo aceitunas.

Alejandra Luque

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El Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA) ha estimado el recurso de una trabajadora agrícola de Córdoba, declarándola en situación de incapacidad permanente total para su profesión habitual. La sentencia revoca así la decisión previa del Juzgado de lo Social número 1 de Córdoba, que le había otorgado una incapacidad permanente parcial.

La empleada padece diversas dolencias, entre las que se encuentran poliartralgias mecánicas, osteoporosis y antecedentes de cáncer de mama. Estas limitaciones le impedían realizar las tareas propias de su profesión, que exigen un esfuerzo físico intenso y constante.

El Instituto Nacional de la Seguridad Social (INSS) le había denegado inicialmente la solicitud de incapacidad permanente total, argumentando que las lesiones de esta mujer no alcanzaban el grado suficiente para ser consideradas incapacitantes. En su resolución, el INSS alegó que la trabajadora había estado inactiva en su profesión durante un largo periodo de tiempo. Ante ello, la trabajadora llevó su caso al juzgado, otorgándole la incapacidad permanente parcial derivada de enfermedad común.

La sentencia fue apelada entonces tanto por la empleada como por el INSS y la Tesorería General de la Seguridad Social, y el TSJA ha fallado a favor de la trabajadora, ya que, “pese a la mecanización de algunas tareas agrícolas, la profesión exige esfuerzos” que la demandante “no puede realizar”. Además, ha sentenciado que aunque ha estado inactiva durante un largo periodo de tiempo, ello no elimina las exigencias físicas de la profesión, que pueden llegar a ser incapacitantes.

El tribunal andaluz ha considerado que las limitaciones de la trabajadora le impiden desempeñar su trabajo habitual, independientemente del tiempo que haya estado inactiva. La sentencia obliga al INSS a abonar a la trabajadora la prestación correspondiente a la incapacidad permanente total.

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