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La Fiscalía pide inhabilitar 16 años al exalcalde de Obejo, del PP

Luis Sánchez Marín, exalcalde de Obejo.

Alfonso Alba

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Luis Sánchez Marín está acusado de una contratación irregular y de tratar de saltarse un acuerdo de Pleno para crear la ELA de Cerro Muriano

La Fiscalía Provincial de la Audiencia Provincial de Córdoba ha pedido una pena de ocho años de inhabilitación para ocupar cargo público al exalcalde de Obejo, Luis Sánchez Marín (PP), por la comisión de dos presuntos delitos de prevaricación, según consta en el escrito de calificación al que ha tenido acceso este periódico. El juicio ha quedado señalado para el próximo 9 de febrero a las 11:30 de la mañana en la sala del Juzgado de lo Penal número cuatro de Córdoba.

El exalcalde se enfrenta a la inhabilitación por la presunta comisión de dos delitos diferenciados. El primero, la supuesta contratación irregular de una persona que acabó convirtiéndose en indefinida. El segundo, por negarse a tramitar la creación de una Entidad Local Autónoma (ELA) en Cerro Muriano y la Estación de Obejo después de que el Pleno lo aprobase, aunque él y los concejales del PP votaron en contra.

Según el escrito de la Fiscalía, el primero de los presuntos delitos se produjo el 10 de octubre de 2011 (apenas cuatro meses después de que alcanzara la Alcaldía) cuando contrató a una persona de manera temporal. En concreto, se fichó a una persona como técnico de Urbanismo del Ayuntamiento obejeño “sin que previamente se hubiera constituido ninguna comisión de selección en el Ayuntamiento para otorgar la plaza ni se hubiese procedido a realizar la tramitación necesaria exigida con arreglo a la normativa vigente”. Posteriormente, el 10 de mayo de 2013 el exalcalde comunicó al Servicio Andaluz de Empleo que el contrato pasaba a convertirse en indefinido “a pesar de que este puesto de trabajo no figuraba en la RPT de este Ayuntamiento”, señala la Fiscalía Provincial.

El segundo delito de prevaricación se refiere a la constitución de la ELA en Cerro Muriano y Obejo. Según la Fiscalía, el Pleno del 5 de abril votó a favor de su creación, pese a la oposición de los cuatro concejales del PP que “encabezados por el acusado interpusieron un recuso de reposición” al día siguiente.

El 26 de mayo de ese año, la secretaria del Ayuntamiento advirtió al entonces alcalde a través de un informe que no podía admitir a trámite el recurso de reposición ya que el acuerdo recurrido no era susceptible de este extremo “al tratarse de una disposición de carácter general susceptible solo de recurso en un contencioso administrativo”. Por tanto, la secretaria le dijo al exregidor que debía resolver el recurso urgentemente y que si no lo hacía en 30 días quedaría suspendido por silencio administrativo.

“Con dicha información, el acusado, con la finalidad de impedir la entrada en vigor de la constitución de la Entidad Local Autónoma, no introdujo en el Pleno ordinario del viernes siguiente la deliberación sobre el recurso de reposición formulado”, señala la Fiscalía. Durante los meses siguientes, el exalcalde siguió sin incorporar al orden del día la resolución del recurso de reposición y “tan solo consintió en introducir en el debate del Pleno del 29 de noviembre de 2013 un informe elaborado por la nueva secretaria, que entendía que no procedía la constitución de la ELA, cuando el acusado conocía sobradamente que ya se había decidido sobre dicha constitución y no podía volver a valorarse el mencionado acuerdo fechado el 5 de abril”, añade el Ministerio Fiscal.

Finalmente, el recurso de reposición fue debatido en el Pleno del 6 de febrero de 2014, diez meses después de la aprobación del acuerdo. A partir de entonces se iniciaron los trámites para la constitución de la ELA en Cerro Muriano.

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