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Tres meses de cárcel y multa por amenazar de muerte a un hombre y causar daños en su casa

Guardia Civil en Cañete de las Torres.

Alejandra Luque

1 de diciembre de 2025 20:03 h

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La Sección Segunda de la Audiencia Provincial de Córdoba ha estimado parcialmente el recurso de apelación presentado por un hombre condenado a diez meses de prisión por un delito de amenazas y otro leve de daños. En primera instancia, un juzgado de lo Penal de la capital le impuso dicha pena, pero el tribunal se la ha reducido a tres meses de cárcel dado que la causa ha sufrido un retraso judicial de cerca de siete años.

Los hechos ocurrieron en diciembre de 2018 en Cañete de las Torres. El día 11, el acusado ocasionó desperfectos en la puerta de la vivienda de la víctima mediante arañazos. Al día siguiente, el procesado abordó al denunciante cuando este salía de su cochera. Mientras el procesado enarbolaba una navaja de diez centímetros y un bastón, en actitud intimidatoria, le dijo “te voy a matar, hijo de puta”, abalanzándose acto seguido con la navaja abierta contra la víctima, quien logró evitar el ataque. Después, el acusado golpeó con el bastón el zócalo de la vivienda del denunciante, ocasionando otros desperfectos.

El juzgado de lo Penal número 2 de Córdoba condenó inicialmente a diez meses de prisión y a la prohibición de comunicación con la víctima por más de un año, por el delito de amenazas, y una multa de 360 euros por el delito leve de daños, además de una indemnización a la víctima con 110 euros. Sin embargo, y tras el recurso del acusado, la Audiencia Provincial ha tenido en cuenta las dilaciones indebidas que se ha producido en este procedimiento.

Según aparece reflejado en la sentencia del tribunal, la instrucción habría requerido “unos meses o, como máximo, dos años”. Sin embargo, el procedimiento se prolongó durante casi siete años, debido, entre otras cuestiones, a un trámite procedimental, las dos huelgas de los Letrados de Administración de Justicia de 2023 y 204, y la incomparecencia de un testigo, un agente de la Guardia Civil.

Dado que estas dilaciones no son imputables al acusado, la Audiencia ha reducido la pena a tres meses y un día de prisión por el delito de amenazas, manteniendo y la prohibición de comunicación con la víctima por un año y tres meses. Además, ha rebajado la multa por el delito leve de daños, que ha pasado de 360 euros a 128 euros. Por último, el tribunal ha confirmado la indemnización a la víctima.

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