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Multa de 2.700 euros por conducir sin carnet desde 2012

Un agente de la Guardia Civil de Tráfico.

Alejandra Luque

3 de noviembre de 2025 20:02 h

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La Sección Segunda de la Audiencia Provincial de Córdoba ha ratificado la sentencia dictada por un juzgado de lo Penal de la capital que condenó a un hombre a 15 meses de multa con una cuota diaria de seis euros tras conducir un vehículo careciendo de permiso desde 2012.

Los hechos ocurrieron el pasado mes de marzo, cuando el acusado circulaba con un BMW X5 en una estación de servicio en la Carretera de La Rambla, siendo observado por agentes de la Guardia Civil. La investigación confirmó que el procesado había perdido su permiso de conducir tras agotar los puntos en marzo de 2012 y, aunque realizó un curso de recuperación en 2014, nunca completó el examen para obtener nuevamente la licencia.

La multa total asciende a 2.700 euros, con posibilidad de privación de libertad subsidiaria en caso de impago, además del pago de las costas del procedimiento. Contra esta sentencia, su defensa interpuso un recurso alegando que no había prueba directa de que el procesado estuviera conduciendo, que el atestado policial no fue ratificado por los agentes y que la notificación de la pérdida de vigencia del permiso no llegó al acusado, sino a un familiar. Asimismo, el abogado alegó suplantación de identidad, ya que su patrocinado denunció formalmente en 2013 que estaba siendo suplantado con vehículos y propiedades a su nombre sin autorización.

La Audiencia Provincial ha desestimado todos los argumentos porque, entre otros motivos, la defensa no aportó evidencia que justificara la revocación de la sentencia. Además, ha confirmado que el condenado recuperó legalmente su carnet de conducir tras el curso de 2014, consolidando la responsabilidad del acusado.

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