Multa de 150 euros por intentar robar un lápiz de cejas de un supermercado de Córdoba
La Audiencia Provincial de Córdoba ha ratificado la condena a una mujer por intentar sustraer un lápiz de cejas valorado en 3,50 euros de un supermercado Mercadona en la localidad de Peñarroya-Pueblonuevo, por lo que se le ha impuesto una multa de 150 euros, una cantidad que multiplica por 42 el valor del objeto.
Los hechos ocurrieron en junio de 2025. Según la sentencia, la mujer fue interceptada por el vigilante de seguridad del establecimiento justo cuando intentaba salir con el lápiz de cejas. En ese mismo momento, la acusada reconoció lo que había hecho y devolvió el producto, que pudo ser puesto a la venta de nuevo al no haber sufrido daños.
Pese al valor del lápiz, el Juzgado de Instrucción número 2 de Peñarroya le impuso originalmente una pena de 25 días de multa con una cuota diaria de seis euros, lo que suma un total de 150 euros, además de obligarla a pagar las costas del juicio.
La mujer decidió recurrir esta decisión ante la Audiencia de Córdoba argumentando que existía una “gran desproporción” entre el valor del objeto y la multa impuesta, pidiendo que se aplicara el “principio de intervención mínima”. Sin embargo, la magistrada ha desestimado el recurso. En su sentencia, explica que una vez que el legislador decide que una conducta es delito -en este caso, un delito leve de hurto-, los jueces deben aplicar la ley.
El Código Penal establece que cualquier hurto por debajo de los 400 euros es un delito leve y la jueza aclara que “no existe un límite mínimo” de valor que permita dejar sin castigo una sustracción solo porque el objeto sea muy económico. Además, recalca que la multa de 150 euros es incluso menor de la que le habría correspondido si hubiera logrado salir de la tienda con el lápiz, ya que se le ha aplicado una reducción por quedarse tentativa.
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