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Multa de 140 euros por irse de un supermercado sin pagar una recarga telefónica

Una persona usando un móvil.

Alejandra Luque

3 de octubre de 2025 19:59 h

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La Audiencia Provincial de Córdoba ha confirmado la condena a un vecino de la capital por un delito leve de estafa tras marcharse sin pagar una recarga telefónica de 20 euros en el establecimiento que Deza tiene en el Sector Sur.

El caso se remonta al 9 de abril de 2024, cuando el hombre solicitó en el supermercado una recarga para su teléfono móvil. Una vez realizada la operación, abandonó el establecimiento sin abonar el importe. El Juzgado de Instrucción número 3 de Córdoba lo condenó en primera instancia a 120 euros de multa y al pago de los 20 defraudados a Deza. Sin embargo, el condenado recurrió la sentencia alegando que sí intentó pagar con su tarjeta de crédito, pero el cargo no llegó a efectuarse por causas que desconocía.

El tribunal, sin embargo, ha señalado que la versión del acusado es “claramente inverosímil” y que este ni siquiera aportó extractos bancarios que acreditaran la disponibilidad de fondos. Además, ha recordado que, según consta en el atestado policial, el propio denunciado manifestó en el lugar de los hechos que tenía que ir a sacar dinero para poder pagar, lo que evidenciaba que ya sabía que carecía de saldo suficiente.

La Audiencia ha concluido que el acusado simuló tener intención de abonar la recarga para aprovecharse del servicio recibido, un comportamiento que encaja en lo que el Tribunal Supremo ha definido como “negocio jurídico criminalizado”, es decir, aparentar una contratación seria con la intención inicial de incumplir lo pactado.

Con este fallo, la Audiencia Provincial ha confirmado íntegramente la sentencia del juzgado de Instrucción. Al tratarse de un delito leve, la resolución es firme y no cabe recurso.

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