Has elegido la edición de . Verás las noticias de esta portada en el módulo de ediciones locales de la home de elDiario.es.

Un despacho de abogados se querella por prevaricación contra tres magistrados de la Audiencia de Córdoba

Ciudad de la Justicia | ÁLEX GALLEGOS

El despacho de abogados Arriaga Asociados ha presentado una querella contra tres magistrados de la Sección 1ª de la Audiencia Provincial de Córdoba por un delito de prevaricación al “ignorar de manera dolosa” la jurisprudencia europea obligatoria sobre el Índice de Referencia de Préstamos Hipotecarios (IRPH).

Desde el despacho de abogados que formuló la querella precisan que se trata de un delito de prevaricación previsto y tipificado en el artículo 446 CP y subsidiariamente, del tipificado en los artículos 447 y 448 del CP, a cuyo efecto, dando cumplimiento a lo que determinan los artículos 277 y concordantes de dicha ley.

Según informa Arriaga Asociados, los magistrados de la Audiencia Provincial de Córdoba “han ignorado deliberada y dolosamente la Sentencia del 13 de Julio de 2023 del Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) en un caso sobre el IRPH, así como otras anteriores”. Dicha sentencia es clara y contundente al establecer que el banco o institución financiera tenía la obligación de informar a sus clientes con hipotecas que incluyeran la cláusula IRPH sobre la Circular 8/1990 del Banco de España. Además, la sentencia del TJUE establece la necesidad de evaluar si el banco comunicó la recomendación contenida en otra Circular, la 5/1994, que insta a aplicar un diferencial negativo para equiparar el interés del índice IRPH al del mercado. La carga de probar este hecho recae en el banco, y la falta de dicha información se considera abusiva, ya que forma parte de una labor de “investigación jurídica” que “no podía exigírsele razonablemente a un consumidor medio” (STJUE 13 de julio, párrafo 60, página 15).

En ese sentido, señalan que, “a pesar de tener conocimiento de esta sentencia, desatendieron el mandato jurisprudencial que obliga al juez nacional a analizar la transparencia y posible abusividad, considerando la mala fe en cada caso concreto”. La jurisprudencia del Tribunal de Justicia de la Unión Europea es vinculante para todos los tribunales en España y la UE, abarcando instancias como jueces de primera instancia, Audiencias Provinciales, Tribunal Supremo y Tribunal Constitucional.

Por ello, el despacho de abogados que presentó la querella cree que la Audiencia Provincial de Córdoba, “incumpliendo el deber de emitir sentencias de acuerdo con la ley y la jurisprudencia del TJUE, ha ignorado requisitos fundamentales establecidos en la sentencia del TJUE del 13 de julio de 2013”.

“La Audiencia Provincial tiene la obligación de emitir sentencias de conformidad con la legislación y la jurisprudencia establecida por el TJUE. La negativa a cumplir con este deber, según lo estipulado en el artículo 4 Bis de la Ley Orgánica del Poder Judicial, se consideraría un delito de prevaricación”.

Con todo, Arriaga Asociados confía en que la querella prospere, que se diluciden las responsabilidades penales de los magistrados y que la justicia española respete y aplique la jurisprudencia del TJUE, garantizando los derechos de todos los ciudadanos europeos de manera equitativa. La querella fue presentada el pasado mes de noviembre y aún no consta resolución, según precisan a este periódico desde el despacho de abogados.

Etiquetas
stats