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Condenan a Cajasur a pagar 92.000 euros a un exempleado de Córdoba al negarle la compensación de prejubilación

Sede de la antigua Cajasur en Córdoba

Alejandra Luque

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La Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía ha confirmado la condena que impuso el Juzgado de lo Social número 3 de Córdoba a Cajasur, obligándola a abonar 92.248,40 euros a un antiguo trabajador de Córdoba en concepto de compensación por jubilación anticipada, según la sentencia a la que ha accedido Cordópolis. El tribunal ha rechazado así la pretensión del banco de eludir este pago, quien argumentó que el empleado ya cobraba una pensión de viudedad y alcanzaba el tope máximo legal de prestaciones.

Pedro (nombre ficticio) decidió prejubilarse en 2016, cuando Cajasur puso en marcha un ERE. En aquel acuerdo con la representación de los trabajadores, la empresa se comprometió a que todo aquel empleado que decidiera prejubilarse tendría “una cantidad compensatoria del importe anual de la reducción” que representaba “la situación de jubilación anticipada respecto de la situación de jubilación prevista en la fecha de jubilación ordinaria”.

Este pago, que debía realizarse de forma efectiva “en un único pago y por una sola vez” al jubilarse el empleado, tenía el objetivo de blindar sus ingresos ante el recorte que aplica la Seguridad Social por retirarse antes de la edad legal. Sin embargo, cuando Pedro solicitó la compensación en 2022, el banco se negó porque el extrabajador ya percibía una pensión de viudedad y la suma de esta con su nueva pensión de jubilación alcanzaba el tope máximo de pensiones públicas permitido por la Ley de Presupuestos Generales del Estado (LPGE)

Fachada del TSJA.

Frente a este argumento, el TSJA ha recordado a Cajasur que el espíritu del acuerdo era “evitar” que el trabajador tuviera “una pérdida adquisitiva por el hecho de acceder a la jubilación anticipada”, y que la situación personal de este extrabajador “no cambia” la finalidad del acuerdo. Además, ha subrayado que en ese documento no se recogió que, para la cantidad a abonar por Cajasur, se tuvieran en cuentas las prestaciones que pudiera estar recibiendo el empleado, ni que se excluyó la obligación de pagar esta compensación si entre todas esas prestaciones se llegaba “a la pensión máxima anual”.

La resolución confirma íntegramente la condena de instancia çey impone las costas del recurso a Cajasur, que deberá abonar otros 600 euros adicionales para los honorarios del letrado del extrabajador. Desde Kutxabank han señalado a este medio que este es “un caso único” en la entidad y que es “sobrevenido”. La entidad ha defendido, además, que durante todo el proceso de regulación de empleo “acompañó” a todos los trabajadores “y hemos ayudado a muchos de ellos”.

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