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Condenado a pagar 3.000 euros por vender un coche de segunda mano con una grave avería oculta

Ciudad de la Justicia

Alejandra Luque

19 de agosto de 2026 19:59 h

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La Audiencia Provincial de Córdoba ha condenado a un vendedor a indemnizar con 3.000 euros al comprador de un coche de segunda mano porque el vehículo presentaba una avería grave oculta -una fisura en la bancada del motor- que provocó que el automóvil quedara inutilizado en el mismo viaje de regreso una vez que fue comprado.

Los hechos se remontan a agosto de 2023, fecha en la que el demandante se desplazó desde Cabra hasta el domicilio del vendedor, en la provincia de Cáceres, para recoger un modelo Chrysler anunciado a través de una red social por 7.000 euros. El vehículo contaba con una primera matriculación de febrero de 2008 y marcaba 346.000 kilómetros en su cuentakilómetros. Al llegar a la altura de Aguilar de la Frontera, en pleno trayecto de vuelta a su domicilio, el motor sufrió una parada brusca e irreversible. Un informe pericial acreditó que el bloque motor presentaba una fisura previa que generaba una pérdida constante de aceite, lo que sumado a daños estructurales anteriores en la parte delantera izquierda, derivó en el gripado total del motor.

En primera instancia, el Juzgado de Primera Instancia e Instrucción número 2 de Cabra estimó íntegramente la demanda y condenó al vendedor -que se había mantenido inicialmente en rebeldía procesal- al pago de 7.450,21 euros. Tras comparecer en el procedimiento y recurrir la sentencia, el vendedor alegó diversos defectos procesales y cuestionó la realidad de los hechos. La Sección Primera de la Audiencia Provincial desestimó los motivos de nulidad, pero estimó parcialmente el recurso en lo referente al importe de la condena.

De este modo, los magistrados recuerdan que el comprador optó por mantener el coche y solicitar una rebaja del precio en lugar de rescindir el contrato. En este sentido, la Sala ha considerado que obligar al vendedor a sufragar una reparación íntegra con piezas totalmente nuevas supondría un enriquecimiento injusto para el demandante. Al haber adquirido un motor usado que ya funcionaba satisfactoriamente y revalorizaba el estado inicial del turismo, la cuantía indemnizatoria se ha fijado definitivamente en 3.000 euros.

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