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Tres años de cárcel para el exalcalde de Encinarejo

El exalcalde, en el banquillo de los acusados de la Audiencia |MADERO CUBERO

Antonio Gutiérrez

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La Audiencia le declara culpable de falsedad en documento oficial y prevaricación| Hasta ahora Martínez Múrez, que suma doce condenas, ha eludido su ingreso en prisión, que no evitará si este fallo se vuelve firme

El exalcalde de Encinarejo, Miguel Martínez Múrez, ha sido declarado culpable de sendos delitos de falsificación en documento oficial y prevaricación y condenado a una pena de tres años de cárcel que, en caso de que la sentencia se convierta en firme, supondría su ingreso en prisión. Hasta el momento, Martínez Múrez había evitado su entrada en la cárcel acordando la sustitución de las condenas por penas económicas, hasta un total de once, y sumando años de inhabilitación para el ejercicio de cargo público, más de 70 años.

Pero en el juicio número 16, la sección segunda de la Audiencia Provincial le ha vuelto a poner en el brete de tener que entrar en la cárcel. No es la primera vez, en el año 2011 el exalcalde fue condenado a cuatro años por el alto tribunal cordobés, pero su recurso de casación fue estimado parcialmente por el Supremo que le redujo la condena a un año y medio de cárcel. De esta manera, el exedil tiene en estos momentos un escaso margen para eludir su ingreso en la cárcel. El fallo de la Audiencia le abre la posibilidad de recurso, ante el TSJA, y le condena al pago de una multa de 1.800 euros.

El juicio, que se celebró el pasado 25 de septiembre, partía con una petición del Ministerio Fiscal de seis años para Martínez Múrez al que también se le acusaba de un delito de fraude, del que ha sido absuelto. Junto a él, los dos responsables de las promotoras que participaron en unas obras municipales, que han resultados absueltos de sendos delitos de estafa y falsificación en documento público al concluirse que habían prescrito.

Facturas ficticias

En lo que se refiere a este caso concreto, los hechos se remontan al año 2000 y se refieren a la obra denominada Construcción Torre Mirador Panorámica para la que solicita una subvención a la Junta. Para ello, tras la adjudicación de la obra a una empresa, el exalcalde solicitó a su representante legal una factura, a modo de “anticipo a cuenta” y destinado a la adquisición de materiales, y “sin que esté acreditado que el citado representante legal tuviera conocimientos de que esa factura, de noviembre de 2001, iba a ser incorporada al expediente de solicitud de subvención”, reza el fallo.

La subvención de 41.481,86 euros se concedió e ingresó en las arcas de la entidad local. Pese a que la empresa comenzó la ejecución de la obra, “al parecer debido a su complejidad técnica”, cesó en los trabajos, “sin haber cobrado cantidad alguna”.

Cuando esto sucede, Martínez Múrez, “con inobservancia de las más elementales normas del procedimiento reglamentario de contratación y por un importe muy superior al que en su día le fuera adjudicado a la primera empresa”, adjudicó la obra a otra empresa e ideó solicitar una nueva subvención cambiando el objeto de los trabajos.

Para ello, solicitó fondos para la ejecución de un sendero Cicloturista, pese a que ya se había ejecutado en su totalidad por trabajadores del PER. Para ello, y siempre según la sentencia, el acusado se dirigió a la empresa a la que solicitó la elaboración de una factura, en la que expresamente el acusado “exige que vaya referida la obra Sendero Cicloturista”.

El engaño resultó y la factura fue aportada al expediente de subvención que fue concedida por la Delegación de la Consejería de Turismo y Deportes de la Junta por importe de 26.057,51 euros. El objetivo, según la sentencia era obtener liquidez para la ejecución de la obras del mirador.

El fallo llama la atención sobre la conducta del exalcalde y señala que “por mucho mandato representativo que haya recibido un alcalde, nunca puede dejar de tener presente que es el primer servidor publico, el primero en estar sometido a la ley. De ahí ”la reprochabilidad de estas conductas y la necesidad de ser atajadas de raíz“.

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