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El Catastro y el Colegio de Arquitectos compartirán documentación e imágenes sobre las edificaciones en Córdoba

Fachada del Colegio de Arquitectos de Córdoba

Carmen Reina

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El Catastro y el Colegio de Arquitectos de Córdoba compartirán información y documentación gráfica de edificaciones en esta ciudad, que podrán cotejar para sus diversas funciones y trabajos. El Boletín Oficial de la Provincia ha publicado este martes la resolución de la Dirección General del Catastro por la que se publica dicho convenio “en materia de gestión catastral”, en el que se estipula la colaboración entre ambas entidades.

El acuerdo constata que los Arquitectos colegiados disponen de información gráfica relativa a inmuebles urbanos y rústicos, la cual es obtenida por la realización de sus trabajos profesionales y que conllevan información con trascendencia catastral. Por contrapartida, precisan disponer de cartografía catastral digital permanentemente actualizada y georreferenciada para su uso en la redacción de proyectos, informes, tasaciones o dictámenes.

Se establece en este convenio que el Colegio de Arquitectos de Córdoba pondrá a disposición de la Dirección General del Catastro la documentación gráfica digital de que disponga, de los bienes inmuebles objeto de trabajos profesionales realizados y con trascendencia en la información catastral. Dicha documentación, previa autorización del promotor, se reflejará sobre la cartografía oficial de la Dirección General del Catastro y contendrá la referencia catastral, superficies, usos y designación, en su caso, de los distintos bienes inmuebles.

También se establece que el Colegio de Arquitectos se compromete a la colaboración en el mantenimiento catastral, “comunicando al Catastro aquellas incidencias de las que tengan conocimiento sus colegiados a través del ejercicio de su profesión”.

Obligaciones tributarias y Punto de Información Catastral

De otro lado, los arquitectos podrán tener acceso a la obtención electrónica de los datos catastrales precisos para sus trabajos profesionales, “lo que propiciará la mejora de las prestaciones a los ciudadanos, agilizando dicha actuación y confiriéndole un mayor grado de fiabilidad, transparencia y seguridad jurídica”.

Asimismo, “la asistencia de los colegiados a sus clientes en la confección y presentación de declaraciones ante el Catastro contribuirá a facilitarles el cumplimiento de sus obligaciones tributarias”. Y es que los colegiados, en régimen de encomienda, asistirán a los obligados tributarios de sus clientes, en la elaboración de declaraciones catastrales a través de la Sede Electrónica del Catastro. 

Los arquitectos colegiados podrán presentar las declaraciones catastrales correspondientes a aquellas alteraciones inmobiliarias que les sean encomendadas. Y el Colegio de Arquitectos asume el compromiso de establecimiento de un Punto de Información Catastral en su sede o en cualquiera de sus demarcaciones territoriales.

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