El expediente de BIC para los cines de verano compartido con la ciudadanía: arquitectura, rito y comunidad
La presentación pública del informe justificativo para la declaración como Bien de Interés Cultural (BIC) de los cines de verano de Córdoba ha puesto de manifiesto el“ rigor técnico, normativo y antropológico de una iniciativa formulada desde la ciudadanía activa y la comunidad científica unidas para este fin”. La Biblioteca Grupo Cántico de la ciudad ha sido el escenario elegido para esta exposición, seguida de un coloquio con la comunidad, sobre esta figura de máxima protección para los cuatro cines de verano del casco histórico.
En un esfuerzo conjunto por salvaguardar una de las señas de identidad más profundas de la cultura andaluza y cordobesa, este informe técnico se presentó formalmente el pasado 29 de junio ante la Consejería de Cultura, Patrimonio Histórico y Deporte de la Junta de Andalucía, a través de su delegación territorial en Córdoba, junto a la solicitud para declarar Bien de Interés Cultural (BIC) los cines de verano de Córdoba.
A través de una metodología transversal que vincula los estudios urbanos, la historia del arte, la antropología social y el derecho patrimonial, las especialistas autoras del expediente articulan la respuesta técnica a las preguntas esenciales que determinan la salvaguardia de este bien común.
En nombre de estas autoras, la antropóloga social y cultural de la Universidad de Córdoba, Mónica Alonso, junto a Gaia Redaelli, arquitecta y doctora, profesora de la Universidad de Sevilla, han sido las encargadas de defender el informe en conversación con la periodista Marta Jiménez, también autora del expediente. Todo ello ante la mirada de otras redactoras del informe, firmado también por Isabel Cantillo, arquitecta, María Yllescas y Araceli Velasco, historiadoras, e Isadora Donnier, activista social.
Un amplio grupo de ciudadanía comprometida con los cines de verano acompañó el acto en el salón de actos de la Biblioteca, muchos de ellos pertenecientes a la coordinadora SOS Cines de Verano, quienes entraron en coloquio con las autoras en la parte final. Otro ejemplo de cómo la ciudadanía cordobesa se ha configurado como una auténtica comunidad patrimonial.
Las redactoras hablaron de la pertinencia jurídica del Lugar de Interés Etnológico (LIE) para esta declaración BIC, ya que la Ley de Patrimonio Cultural de Andalucía cita de forma explícita a los “cines” como una de las tipologías con presunción de valor etnológico. Las especialidades antropológicas del expediente destacan que el LIE es la figura jurídicamente idónea porque ampara el patrimonio dual, la unión indisoluble entre el continente (el inmueble, el patio y la pantalla) y el contenido (el rito estival, la sociabilidad de barrio, la memoria compartida y los hábitos colectivos).
Para documentar el valor inmaterial, el expediente ha incorporado testimonios de historia oral recogidos en obras documentales como Picadillo y Cine o La casa de vecinas. Conforme a la metodología validada por el Instituto Andaluz del Patrimonio Histórico (IAPH), los relatos vecinales aportan evidencia empírica de cómo la comunidad valora el espacio por el ritual comunitario —el encuentro, el riego del albero, las cenas compartidas, los saberes técnicos de proyeccionistas— antes que por la película concreta proyectada en cartelera.
As¡mismo, el informe justifica la inscripción conjunta de los cuatro recintos del casco histórico —el Cine Coliseo San Andrés, el Cine Fuenseca, el Cine Olimpia y el Cine Delicias— al formar un sistema urbano y cultural unitario que comparte la misma tipología de patio/vacío interior de manzana reocupado, la misma comunidad portadora y el mismo riesgo de desaparición.
Las ponentes también se refirieron a cómo el expediente demuestra que Córdoba constituye una excepción única en el patrimonio urbano español. Mientras que en otras capitales las proyecciones al aire libre son eventos ocasionales o efímeros montados sobre plazas o playas, Córdoba ha conservado durante más de un siglo una red permanente de estructuras fijas, con recintos en funcionamiento ininterrumpido desde la década de 1920 integrados en un Conjunto Histórico declarado Patrimonio Mundial por la UNESCO.
Desde el origen de los cines de verano cordobeses en 1923, las salas estivales han resistido las sucesivas crisis del sector. Esta supervivencia ha sido posible gracias a dos factores clave: la calificación urbanística del PGOU de 1986 y el PEPCH de 2003, que blindaron los solares como equipamientos y zonas verdes frente a la especulación inmobiliaria, además de la figura protectora de gestores como Martín Cañuelo, desde 1986 hasta su fallecimiento en 2023.
Las autoras pusieron el foco en que el informe técnico analiza de forma crítica por qué las fichas del catálogo urbanístico del Plan Especial de Protección del Casco Histórico (PEPCH) se han mostrado insuficientes. La protección urbanística tutela únicamente el “continente” (volumetría, edificación y calificación del suelo como equipamiento), pero no impone legalmente la obligación de mantener la actividad cultural de exhibición cinematográfica.
El expediente elaborado por el equipo técnico de investigadoras concluye que la declaración de los cines de verano de Córdoba como Bien de Interés Cultural no constituye una mera apelación a la nostalgia, sino una medida urgente de justicia patrimonial y sostenibilidad urbana.
Proteger los cines Coliseo San Andrés, Fuenseca, Olimpia y Delicias bajo la figura de Lugar de Interés Etnológico supone garantizar que la experiencia colectiva del cine al raso continúe siendo un derecho ciudadano y un pulmón de identidad cultural para las futuras generaciones.
0