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La reclamación de la plaza de la Fuensanta irá a Pleno

Alba Doblas y Emilio Aumente, tras una Junta de Gobierno | MADERO CUBERO

Alfonso Alba

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La Junta de Gobierno Local del Ayuntamiento de Córdoba tomó este viernes conocimiento de la sentencia del titular del Juzgado de lo Contencioso Administrativo número tres de Córdoba que le ha dado la razón al Cabildo Catedralicio y ha tumbado el acuerdo adoptado por el Ayuntamiento de Córdoba por el que se declararon de “titularidad pública” los casi 2.500 metros cuadrados de la plaza que el Cabildo inmatriculó en 1987. Ahora, los servicios jurídicos han recomendado al Ayuntamiento que apruebe la reclamación por Pleno, según anunció este viernes la teniente de alcalde de Hacienda, Alba Doblas (IU).

“No vamos a renunciar a reclamar el patrimonio público, ya que la sentencia se ampara en defecto forma. Lo subsanaremos al llevarlo por el órgano competente que es el Pleno”, expresó Alba Doblas.

En julio del año pasado, el Cabildo anunció que acudía a los tribunales después de la decisión municipal, que rechazó el recurso que inicialmente interpuso la organización religiosa y que fue resuelto, negativamente para sus intereses, en septiembre del año pasado.

Tras inmatricular en el Registro de la Propiedad la iglesia de La Fuensanta y otros elementos de la plaza, incluido el espacio de la misma en su conjunto, el máximo órgano de la Catedral subrayó en sus alegaciones que dos lápidas instaladas en el altar de la iglesia en 1641 hacen referencia a una posesión que se remonta a 1420. También rechazaron que en la zona pasase un camino público e histórico, como ha argumentado el Ayuntamiento en varios informes. Así, señala que el camino al que se hace referencia estaba más hacia el río Guadalquivir. Todos estos argumentos están ahora en manos del juez, que será el que tenga que decidir.

En 1987, la Iglesia inscribió a su nombre la iglesia de La Fuensanta y parte de la plaza, según ha constatado el Registro de la Propiedad. En 2014, en el mandato anterior, el Ayuntamiento decidió iniciar los trámites para reclamar la titularidad de esta plaza después de recibir un informe elaborado por técnicos de la Gerencia Municipal de Urbanismo. El Servicio de Planeamiento concluyó que, “conforme con las determinaciones del PGOU-01, los espacios libres de la Plaza del Santuario de la Fuensanta pertenece al suelo urbano consolidado, hallándose calificado como Parques y jardines públicos, y tiene, como antecedente, la calificación establecida por la revisión de 1986 del mismo planeamiento General, que destina los terrenos no edificados de la Plaza del Santuario de la Fuensanta a viario público, acompañándose unos planos de 1928, acreditativos del destino al uso público de la zona aledaña a la iglesia de La Fuensanta”, según consta en el informe que a su vez ha elaborado la asesoría jurídica municipal.

De la información remitida por la Gerencia Municipal de Urbanismo, continúa la asesoría jurídica, “y contrastando la inscripción catastral citada con los planos tanto del Plan General, como los citados de 1928, se desprende que a nombre del Cabildo Catedral se han inscrito, además de las edificaciones destinadas al culto religioso, la vivienda y el Pozo, los espacios libres existentes entre ellos y que, según todos los indicios, forman parte de la Plaza de Nuestra Señora de la Fuensanta, como se deduce, asimismo, de la propia inscripción de la finca en el Registro cuando se señala que linda con la Plaza ‘donde recae su fachada’, espacios estos que tiene la consideración de dominio público y que ininterrumpidamente han sido destinados al uso público”. El informe asegura que “existe por ello una notable discrepancia entre lo inscrito y catastrado y el dominio público local”.

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