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Multan al Ayuntamiento por los vertidos de aguas residuales en la Campiñuela Baja

Urbanización de la Campiñuela, en una imagen de archivo.

Alfonso Alba

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La Confederación Hidrográfica del Guadalquivir (CHG) ha multado al Ayuntamiento de Córdoba por los vertidos de aguas residuales procedentes de la urbanización de la Campiñuela Baja. La sanción fue recibida en Capitulares el pasado 7 de noviembre.

Según consta en el orden del día de la Junta de Gobierno Local que se celebrará el próximo lunes, el Ayuntamiento impugnará la sanción ante la sala de lo Contencioso Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA), al considerar injusta la multa. No es la primera sanción que recibe el Ayuntamiento por este tipo de vertidos.

La normativa considera que la competencia en la regulación de los vertidos residuales procedentes de viviendas es de los ayuntamientos, que son los que tienen que velar por el cumplimiento de la norma y además arbitrar medidas para garantizar que no se producen vertidos. Y es por eso por lo que llegan sanciones. Ya ocurrió este verano con la sanción por vertidos al arroyo del Molino y los Baños de Popea.

Si el resultado del expediente abierto estableciera finalmente una sanción para el Ayuntamiento, la Ley de Aguas (R.D.L. 1/2001) en su título VII para las que son competencia de la Confederación Hidrográfica del Guadalquivir, señala sanciones hasta 10.000 euros para infracciones leves, hasta 50.000 euros para infracciones menos graves, hasta 500.000 euros para infracciones graves y hasta 1.000.000 de euros para infracciones consideradas muy graves.

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