Cecosam aprueba la bolsa de trabajo que cubrirá vacantes temporales
La empresa de cementerios y servicios funerarios municipales de Córdoba (Cecosam) ha aprobado este martes, en una sesión extraordinaria de su Consejo de Administración, la creación de una Bolsa de Trabajo para cubrir las necesidades de personal que surjan en Cecosam a consecuencia de bajas, vacaciones, nuevos servicios, acumulación de tareas y cualquier otro tipo de demanda que pueda darse, mediante la realización de contratos laborales temporales.
Así, se ha aprobado de manera definitiva por el Consejo de Administración, que, además, ha dado luz verde, entre otros puntos, a la aprobación las cuentas anuales de 2016, “unas cuentas que han devuelto el equilibrio financiero a Cecosam”, según sostiene su presidenta y teniente de alcalde de Fomento del Desarrollo Económico, María del Mar Téllez, que resalta al respecto que “arrojarán un saldo positivo de 258.465,94 euros, beneficios que han servido para hacer unas inversiones en el año 2016 por valor de 209.375,64 euros”.
En este sentido, Téllez ha reiterado que “trabajarán para que el año 2017 siga la misma línea ascendente de ingresos e inversiones, concretamente pretenden invertir más de 385.000 euros en mejorar los módulos de nichos y las instalaciones en general de los cementerios”.
Asimismo, en el Consejo se ha impulsado la adjudicación de la rehabilitación de los módulos de San Romualdo y San Pedro, que junto con la urbanización de las parcelas de San Justo y Santa Amalia –todo ello en el Cementerio de San Rafael-, suponen ejecutar el 50 % de las inversiones de 2017.
Sobre la Bolsa de Trabajo cabe destacar que mañana se abre el plazo de las solicitudes y que cubrirá las necesidades de personal que surjan por Incapacidad Temporal (I.T), Licencias, Excedencias y Permisos, Vacaciones, Jubilaciones especiales a los 64 años, según Decreto 1.194/85 (máximo periodo a cubrir 2 años), Jubilaciones Parciales, según Real Decreto 1131/02 (máximo período a cubrir cinco años), nuevos servicios y por acumulación de tareas, y cualquier otro tipo de necesidad de carácter temporal que pudiera sobrevenir, mediante la realización de contratos laborales temporales.
En la propuesta aprobada por el Consejo se detalla “todas las cuestiones relativas a la convocatoria (puestos a seleccionar, orden de prelación en la selección, lista definitiva, etc.), se harán públicas en el Tablón de Anuncios de las Oficinas Centrales de Cecosam, página Web de la empresa www.cecosam.ayuncordoba.es, así como en las Oficinas de Empleo del Servicios Andaluz de Empleo.
Según las bases, para optar a los puestos que se oferten es preciso “tener nacionalidad española, sin perjuicio de lo dispuesto en el artículo 57 de la Ley 7/2007 de 12 de Abril del Estatuto del Empleado Público; tener cumplidos 16 años de edad y no exceder, en su caso, de la edad máxima de jubilación forzosa; no padecer enfermedad ni estar afectado/a por limitación física o psíquica que sea incompatible con el desarrollo de las correspondientes tareas o funciones; no haber sido separado/a mediante expediente disciplinario del servicio de cualquier de las Administraciones Públicas ni hallarse inhabilitado/a para el desempeño de funciones públicas; estar en posesión de la titulación exigida; tener la experiencia profesional exigida, y estar en posesión del permiso de conducción B.
Reserva 2% de puestos para personas con discapacidad funcional
Asimismo, se reservará el 2% de los puestos para aquellas personas que presenten certificado acreditativo, expedido por el órgano competente de la Junta de Andalucía, de discapacidad funcional en grado superior al 33%, y cuya discapacidad no le impida el total desempeño del puesto para que opte.
“Si entre cada grupo de cien personas no se encontrasen dos personas, como mínimo, con discapacidad funcional en grado superior al 33%, se adjudicarán los puestos 25 y 75 a las dos personas con minusvalía que hubiesen obtenido mayor puntuación en los mismos de la categoría a las que hayan optado”.
Otro elemento de las bases se refiere a que “la inclusión de aspirantes en la Bolsa no generará ningún derecho de contratación, sino la expectativa de llamamiento por el orden establecido en estas Normas para ser contratado temporalmente, en función de las necesidades de servicio de la empresa y los límites a la contratación temporal legalmente establecidos”.
“Los contratos se formalizarán al amparo de la normativa que regula la contratación temporal, por escrito en los modelos oficiales, y en ellos se harán constar los periodos de prueba previstos en el Convenio Colectivo Laboral vigente en cada momento en Cecosam”.
La duración de los contratos “será la fijada en su clausulado, en función de la necesidad para la que se efectúe la contratación, respetando en todo caso los mínimos legales vigentes”. “La vigencia de la Bolsa será de 4 años, a contar desde la publicación de las listas definitivas, transcurridos los cuales cesarán los derechos de las personas en ella incluidas”.
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