El Ayuntamiento lleva a lo penal la ocupación de Rey Heredia
Torrico asegura que ya “no cabe la negociación” y que el Consistorio está “defendiendo el interés general” | Hay nueve imputados que podrían enfrentarse a penas de prisión
“No habiéndose conseguido al día de hoy la restitución en la posesión del inmueble, se considera necesario que este Ayuntamiento ejercite las correspondientes acciones penales”. La Junta de Gobierno Local del Ayuntamiento de Córdoba ha tomado esta mañana este acuerdo en respuesta al Juzgado de Instrucción número cuatro de Córdoba que sigue la causa abierta por la ocupación, en octubre de 2013, del antiguo grupo escolar Rey Heredia por parte de la Acampada Dignidad.
De esta manera, el Ayuntamiento le dice al juez titular, José Luis Rodríguez Laínz, que sigue adelante para que se abra “juicio oral” contra los imputados por la ocupación de Rey Heredia y que la asesoría jurídica municipal formule el correspondiente “escrito de acusación”, “interesando el desalojo del inmueble por sus ocupantes y la restitución en la posesión al Ayuntamiento”, además de una indemnización.
El portavoz del equipo de gobierno, Miguel Ángel Torrico, ha asegurado esta mañana que “el Ayuntamiento está obligado a defender los intereses generales” y que “no caben actitudes como las de la patada en la puerta”. Preguntado posteriormente por los periodistas sobre la posibilidad de que se alcance algún tipo de acuerdo previo, Torrico respondió que “no cabe negociación porque hay una ocupación que es ilegal” que “impide que los vecinos del Distrito Sur puedan disfrutar del edificio”.
También detalló que está abierta la negociación con el Distrito Sur sobre el plan de usos que presentó la pasada semana y que está a la espera de que se pueda concretar, sobre todo en el coste que tiene el mantenimiento del edificio y la figura jurídica de la entidad a la que sería cedido.
Por otra parte, la Fiscalía de la Audiencia Provincial ha decidido devolver al juzgado de Instrucción 4 el auto en el que su titular, José Luis Rodríguez Laínz, daba un plazo de diez días al Ministerio Público y al Ayuntamiento para que decidiesen si iniciaban la vía penal contra los activistas del Rey Heredia a los que podría imputarse un presunto delito de usurpación del antiguo colegio.
La decisión del Ministerio Fiscal se fundamenta en el artículo 779 de la Ley de Enjuciamiento Criminal, referida a que ésta debe contener “la determinación de los hechos punibles y la identificación de la persona a la que se le imputan, no podrá adoptarse sin haber tomado declaración a aquélla en los términos previstos en el artículo 775″. Esto es, no puede remitirse un auto en el que se imputa a una persona que pudiera haber declarado en calidad de testigo.
El motivo de la decisión que adoptará la Fiscalía radica en el error en la identificación de uno de los activistas. En su último auto, el juez bajaba de catorce a nueve el número de imputados. Quedaba uno al que Rodríguez Laínz identificaba como menor y ponía su caso en manos de la Fiscalía de Menores, informó en su día la Acampada Dignidad, que señalaba que esta persona no tenía 17 años, sino 47. Este error provoca que esta persona no aparezca en la lista de nueve imputados que remite el juez a Fiscalía y Ayuntamiento, por lo que el auto es erróneo y debe rectificarse antes de convertirlo en procedimiento abreviado e iniciar la posible vía penal.
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