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El TSJA ratifica la sentencia que impide al Ayuntamiento hacer más contratos

Manifestación por el empleo público en Córdoba | MADERO CUBERO

Alfonso Alba

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La Sección Segunda de la sala de lo Contencioso Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía ha ratificado la sentencia que impide al Ayuntamiento hacer más contratos. El fallo anula definitivamente el acuerdo de la Junta de Gobierno Local sobre la catalogación de lo que eran servicios prioritarios o esenciales, y con las que el Consistorio pretendía reforzar su plantilla, actualmente limitada por la tasa de reposición impuesta por ley.

La Junta de Gobierno Local ha tomado conocimiento de una sentencia que ya es firme y que da la razón a la firmada por el titular del Juzgado de lo Contencioso Administrativo número tres de Córdoba. Esta sentencia se produce después de una demanda interpuesta por el Abogado del Estado contra el acuerdo, que perseguía el objetivo de permitir la contratación de más personal, principalmente interinos, en determinados servicios municipales.

En febrero del año pasado, el Ayuntamiento consideró entre los esenciales el abastecimiento de agua potable, la recogida de basura, el transporte público, el alumbrado, los servicios de cementerios, protección civil, bomberos, pavimentación, servicios sociales, parque público, bibliotecas, instalaciones deportivas y medio ambiente. En estos servicios, la tasa de reposición sería del 100%. Es decir, por cada trabajador que se jubile se debería contratar otro, ya que actualmente la ley establece una tasa de reposición del 10% (uno de cada diez).

Además, consideró prioritarios los servicios en el registro general, los informáticos, contratación, patrimonio, equipamiento, responsabilidad patrimonial y sanciones, información y atención ciudadana, administración, archivo, museos, parque móvil, turismo, cultura, salud y consumo, mercados, festejos, juventud y participación ciudadana, entre otros. Aquí, la tasa de reposición sería del 50%. Por cada dos jubilados se contrata a un nuevo trabajador.

La Subdelegación advirtió que el acuerdo alcanzado convierte la excepción en norma, ya que prácticamente todos los servicios del Ayuntamiento son considerados esenciales o prioritarios, y por tanto pueden ser reforzados. Ahora, el juez ha estimado la demanda del Abogado del Estado y ha suspendido de manera cautelar el Ayuntamiento. Así, será difícil que el Consistorio pueda hacer muchos más contratos de los ya previstos.

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