A juicio un acusado de intentar estafar a una empresa 58.000 euros
La Sección Tercera de la Audiencia Provincial de Córdoba prevé celebrar este miércoles el juicio a un hombre acusado de un delito de falsedad en documento mercantil, en concurso medial con un delito de estafa en grado de tentativa, tras supuestamente intentar estafar a una empresa más de 58.000 euros que reclamó por correo electrónico simulando ser un proveedor de la misma. La Fiscalía pide para él una pena de cuatro años de prisión.
Según recoge la calificación, en septiembre de 2020, el director de compras de la entidad afectada contactó telefónicamente con el gerente de una mercantil, que es distribuidora habitual de la citada empresa, acordando ambos que cuando se recibiera la mercancía solicitada se efectuaría el pago de la misma mediante transferencia bancaria.
Así, al día siguiente, el director de compras recibió un correo electrónico desde la cuenta de la distribuidora en el que se le informó que la mercancía salió esa mañana y que la recibiría al día siguiente, adjuntándole la factura.
Ante ello, el director respondió que la factura era “errónea”, dado que “no reflejaba el dos por ciento de descuento”, de modo que “en ese momento, el acusado con ánimo de obtener un beneficio ilícito, solo o en connivencia de otras personas no identificadas, procedió a interceptar el correo electrónico”.
En este sentido, el procesado, “u otra persona no identificada por indicación del mismo”, mandó un correo electrónico desde una cuenta con copia de acuse de recibo a la distribuidora, en el que le informaba a la empresa afectada de que aplicaba el descuento, “adjuntándole una factura falsa simulando ser del proveedor, ya modificada con el dos por ciento de descuento aplicado, y el número de cuenta bancaria donde debía abonarse el pedido, por importe de 58.104,26 euros”.
Al comprobar el director de compras de la entidad que en la factura ya venía aplicado el descuento, “mandó efectuar el pago al departamento de administración de la distribuidora a la cuenta indicada”, tras lo cual se puso en contacto con el gerente de la distribuidora.
Sin embargo, comprobó que el perceptor del dinero no había sido éste, sino “un tercero ajeno a la transacción”, y que “había sido objeto de una estafa telemática” al haber interceptado alguien el correo, “resultando que la cuenta a la que se había realizado la transferencia era de titularidad del acusado”.
“No ha existido perjuicio”
De este modo, el director de compras “inmediatamente contactó con la entidad bancaria, procediendo ésta a bloquearla antes de que el procesado pudiera disponer del dinero transferido”, por lo que “no ha existido perjuicio alguno”, según explica el fiscal en su calificación.
No obstante, el Ministerio Público solicita para el acusado, además de la pena de prisión, el pago de una multa de 2.700 euros o un día de cárcel por cada dos cuotas impagadas.
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