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Un juez considera injustificada la rescisión de Neinor que provocó la quiebra de la cordobesa Canval

Antigua sede de Canval en Córdoba.

Alfonso Alba

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El magistrado Antonio Fuentes, titular del Juzgado de lo Mercantil número uno de Córdoba, ha firmado dos sentencias que consideran “injustificadas” las rescisiones de dos contratos que la promotora Neinor Homes mantenía con la constructora cordobesa Canval. El juez obliga a Neinor a pagar más de 1,5 millones de euros, que irán a cubrir las deudas del concurso de acreedores de Canval, además de a devolver los avales depositados como garantías de las obras.

Las dos sentencias, a las que ha tenido acceso este periódico, se producen tras un incidente concursal presentado por la propia Neinor durante la tramitación de la quiebra de la histórica constructora Canval. El magistrado decide entrar al fondo del asunto y tras analizar las causas de la rescisión del contrato que la promotora mantenía con Canval considera que las mismas no están “justificadas”, por lo que sentencia que debe devolver el dinero y los avales. Ese dinero y esos avales irán a respaldar exclusivamente a los acreedores en este concurso.

Las dos sentencias tienen una gran importancia y llegan en un momento en el que otra constructora, Construalia, mantiene problemas con otras seis promotoras en la ciudad de Córdoba. Canval, fundada por Eduardo Valiente y Cándido Serrano a principios de los años ochenta, era una histórica constructora cordobesa que entró en concurso de acreedores en septiembre del año 2020. Canval, con más de 40 años de historia y una de las constructoras que mejor se defendió ante la crisis del ladrillo que se llevó por delante a muchas compañías locales, quebró precisamente tras la rescisión de los contratos de Neinor.

En concreto, Canval estaba construyendo dos promociones de viviendas en las provincias de Málaga Almería, una en Estepona y otra en Mojácar. En junio de 2020, Neinor envió dos burofax a Canval en los que denuncia el incumplimiento en los plazos de las obras y anuncia la rescisión unilateral de los contratos. En Estepona, Canval estaba construyendo 115 viviendas plurifamiliares. En Mojájar, 91. Las dos promociones fueron concluidas por otra constructora.

El juez entra en materia y señala que ninguna de las dos rescisiones estaban justificadas. Canval se comprometió a que si acumulaba retrasos de dos meses en los plazos de la obra se enfrentaría a una rescisión del contrato, además de a una ejecución de los avales. El magistrado, que ordenó un informe pericial judicial, considera que esos dos meses de plazo no se habían cumplido. Para ello, analiza por ejemplo situaciones sobrevenidas como el estallido de la pandemia y la declaración del estado de alarma. En lo más duro del confinamiento, los trabajadores de la construcción estuvieron obligados a quedarse en casa. También señala que la promotora solicitó modificaciones sobre el contrato inicial. E incluso señala que Neinor trató de ampliar el contrato con Canval antes de romperlo definitivamente, lo que a su juicio no implicaría que se estuviese incumpliendo.

De esta manera, el juez condena a Neinor a devolver un total de 1,36 millones de euros en concepto de liquidaciones pendientes y otros 485.258 euros más en los avales ejecutados, y que se firmaron como garantía. Ese dinero irá directo al concurso de acreedores. Los administradores lo usarán para saldar las deudas con los subcontratistas.

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