La Fiscalía rebaja drásticamente las penas en el juicio por el fraude millonario a la Seguridad Social en Córdoba
El juicio por el fraude a la Seguridad Social en Córdoba ha quedado visto para sentencia después de que la Fiscalía haya reducido considerablemente las penas de prisión que inicialmente pedía para los cuatro acusados, así como las multas que deberán pagar.
En la segunda y última sesión del juicio, el Ministerio Público ha acordado esta rebaja por la inclusión de la atenuante de reparación del daño para los acusados que han hecho frente a parte de la responsabilidad civil. Aunque se mantienen los delitos contra la Seguridad Social, el Ministerio Fiscal ha sustituido el tipo penal de los delitos de frustración de la ejecución, pasando del artículo 257 al 258.1.
Hay que recordar que la solicitud inicial de la Fiscalía sumaba un total de 23 años de cárcel para los cuatro procesados. Sin embargo, tras la modificación, el escenario penal es mucho más leve. Para el principal acusado, A.V.C.A, la pena de prisión pasa de diez a cuatro años de prisión (dos por un delito a la Seguridad Social, uno, por otro delito a la Tesorería; y otro año, por el delito de frustración de la ejecución) y la multa solicitada ya no es de 1,1 millones de euros, sino de 600.000 euros.
J.U.N inicialmente se enfrentaba a siete años de prisión y un millón de euros de multa, pero la nueva petición se sitúa en tres años de cárcel (dos años por un delito contra la Seguridad Social y uno, por el de frustración de la ejecución) y una multa de 300.000 euros. Por último, para A.C.S y C.L.C., la petición ha bajado de los tres años originales de prisión a tan solo uno para cada uno, al ser acusados únicamente del delito de sustracción de la ejecución.
Por su parte, la letrada de la Seguridad Social ha mantenido sus penas de prisión para todos, que van del año a los cuatro de prisión, mientras que la defensa del hostelero, su hija y J.U.N. se ha adherido a la calificación del Ministerio Público. No obstante, este abogado ha planteado una petición subsidiaria: ha solicitado que se aprecie la atenuante de dilaciones indebidas para cualquier delito cuya pena impuesta por la Sala pudiera superar los dos años. Esta solicitud se fundamenta en un “funcionamiento anormal de la Administración de Justicia”, argumentando que han transcurrido tres años desde el auto de transformación de 2023 hasta la celebración del juicio en 2026.
Además, de cara a evitar el cumplimiento efectivo de la condena, el abogado ha solicitado formalmente el beneficio de la suspensión de la ejecución de la pena. Para cumplir con los requisitos legales, ha presentado ante la Sala un calendario de pagos a la Seguridad Social suscrito por el principal acusado y J.U.N. Por último, la letrada de C.L.C., Magdalena Pericet, ha solicitado su absolución.
Una perito de la Seguridad Social describe el 'modus operandi' del principal acusado
Antes de las conclusiones definitivas y la lectura de los informes, la sesión ha comenzado con la declaración, en calidad de perito, de la jefa de la Unidad de Fraude de la Seguridad Social en Córdoba. Esta trabajadora ha ratificado su informe en donde describe una “confusión patrimonial” entre las sociedades investigadas, a excepción de la del acusado C.L.C. Según la experta, existió un ánimo defraudatorio evidente, fundamentado en que el hostelero jamás solicitó aplazamientos de pago ni realizó ingresos voluntarios, manteniendo una actitud “ajena al pago” mientras crecían las deudas.
La técnica ha descrito la trayectoria de A.V.C.A como un modus operandi habitual a lo largo de toda su vida empresarial: crear sociedades que acumulaban deudas millonarias para luego continuar la actividad con nuevas mercantiles. No obstante, ha matizado que la única empresa que no generó deuda fue la de la acusada A.C.S. y ha admitido que inicialmente su informe no vinculaba al procesado C.L.C. con la trama, a quien se le acusa de participar en el trasvase de trabajadores de las empresas quebradas a la suya propia.
Sin embargo, la perito no ha considerado que se produjera tal trasvase porque muchos de los empleados “llevaban un periodo de desempleo de entre uno y tres años”. “En la hostelería de Córdoba todo el mundo se conoce... Bajo ese prisma de periodos largos, no considero un trasvase de trabajadores”, ha afirmado, aunque ha precisado que su unidad no estudia específicamente esos flujos laborales
Alegato por la defensa por la Seguridad Social
Uno de los momentos destacados de la sesión ha sido cuando la abogada de la Tesorería General de la Seguridad Social, al término de su informe, ha hecho un alegato por la defensa acérrima de esta protección estatal.
La abogada ha subrayado que este tipo de conductas delictivas “dejan a miles de trabajadores desprotegidos a lo largo de sus vidas y, a largo plazo, ponen en serio peligro la sostenibilidad del Estado del Bienestar”. “Son todos los españoles los que usan un sistema de protección pública que nos hace diferentes a otras naciones donde no existe esta protección”, ha enfatizado la letrada.
En un tono personal y pedagógico, la letrada ha compartido con la Sala lo que suele transmitir a sus alumnos de prácticas: “Siempre les digo que no somos el tercer mundo porque existe la Seguridad Social”. Así, ha defendido que el sistema de protección público es un “logro importantísimo de las sociedades modernas” que garantiza que cualquier ciudadano, “ante situaciones de enfermedad, pobreza sobrevenida o falta de capacidad de trabajo, cuente con el apoyo estatal”.
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